Licenciada Norma Guevara de Ramirios
Conforme a la Constitución, en 2024 coincidirán las elecciones presidenciales con las legislativas y municipales, lo que se buscó evitar con una reforma constitucional que la Sala de lo Constitucional impidió, abusando de sus atribuciones.
En 2021 se realizará también la elección de tres instancias: los Concejos Municipales, diputaciones a la Asamblea Legislativa y al Parlamento Centroamericano.
El sistema electoral salvadoreño se complejiza y los esfuerzos por facilitar a la ciudadanía su derecho al sufragio se vuelve dificultoso. La tendencia a proponer recetas para reformar el sistema desde entidades externas a la Asamblea Legislativa es común desde que se abre el país a la observación electoral, y más con la intromisión de la Sala de lo Constitucional en atribuciones propias del Tribunal Supremo Electoral (TSE), o con mandatos de legislar, dados al primer órgano de Gobierno.
A ello se suma el activismo de grupos de interés y de supuestos expertos electorales. Estará en la propia capacidad de las y los diputados decidir sobre los cambios que ayuden a mejorar los procesos, de modo que sea la facilidad de ejercer los derechos lo que se valore antes de legislar.
Fijar la mirada en recetas externas acarrea el riesgo de dejar de lado el examen de problemas reales, como la existencia de ciudadanos sin partida de nacimiento y por tanto sin documento de identidad.
El voto residencial sin duda requiere evaluarse, atender problemas que se originan en la modalidad de voto residencial que se aplica en El Salvador; sabido es que se puede vivir en un lugar y tener DUI con otra dirección.
El tribunal para hacer los padrones electorales se rige por lo que dice el DUI, pero la realidad del ciudadano le provoca una movilidad que afecta el propósito de asegurarle un lugar de votación cercano a la residencia a la hora de votar. Eso solo se resolvería si para hacer el padrón electoral de un sector determinado se levantara censo antes de cada elección.
Si hablamos de este tema se dirá que hacerlo, además de cambio en la ley se requiere de muchos recursos; y es cierto, pero se examinan otros aspectos y se justifica gastar en ellos, como se hace con la transmisión de resultados o lo que algunos dan en llamar “tecnología en mesa”.
Si hubiera un empadronamiento, al menos el cambio de residencia en el DUI sería indiferente. Un cambio así requiere de un Tribunal Supremo Electoral con más recursos; con voluntad de ajustar un proceso que en su momento representó un gran cambio, como otros que realiza para conocer los resultados, ¿por qué no hablar de invertir para tener un voto residencial que asegure a todos la posibilidad real de votar cerca de su residencia? Este si es un problema estructural de nuestro sistema electoral.
¿De qué manera hacer entender al TSE que tiene la obligación de asegurar a todos los partidos el acceso al Registro Electoral, para fiscalizar el proceso de organización, depuración y publicación del registro como lo manda el artículo 77 de la Constitución?
Cualquiera que llega a un tramite bancario entrega su DUI y recibe un papel con su nombre y el turno en que será atendido y eso no es parte de los mandatos constitucionales. Con más razón se debe facilitar el examen de si las personas son ubicadas adecuadamente en el Centro de Votación que les corresponde.
La democracia requiere partidos fortalecidos, y en la medida que estos asumen las prerrogativas y deberes que la Constitución y las leyes exigen, estaremos yendo por buen camino; la tendencia abierta de buscar debilitarlos usando el poder del Estado es contrario, y se pagaría muy caro.
Cambios positivos que se han dado, como el voto residencial, tener concejos pluripartidistas, la cuota de mujeres, el voto desde el exterior, la ley de partidos políticos, el desbloqueo de listas de candidatos, debe ser aumentada por otros cambios.
Igualmente es una tarea pendiente de la Corte Suprema de Justicia y la Asamblea, desmontar el aberrante voto cruzado, único en el mundo, que impone más gasto, el cual es ineficiente porque representa contar y registrar fracciones de votos; produce desanimo de la ciudadanía para ir a una JRV por lo costoso que se vuelven los escrutinios preliminares. Esta modalidad es utilizada apenas por un 6 % de quienes acuden a las urnas.
El tiempo para reformas es poco, un año antes de las elecciones deben estar las reglas claras, y las reformas deben atender el corto y mediano plazo. En ese sentido, es deseable que se desista de eliminar el derecho de los partidos a proponer personas para formar parte de las JRV, porque es un derecho constitucional y porque es deber de estos motivar a ciudadanos para ejercer, por su propia voluntad, un servicio al país que asegura la soberanía popular.