Yanuario Gómez
@DiarioCoLatino
Con la finalidad de contribuir a que las medianas, pequeñas y micro empresas enfrenten la crisis económica provocada por la llegada al país de la pandemia mundial de COVID-19, la Asamblea Legislativa aprobó una enmienda a la Ley de Turismo para prorrogar el pago de la contribución especial para la promoción del turismo.
La modificación aprobada por el Congreso salvadoreño también contempla que se prorrogue por tres meses el plazo para efectuar el pago del impuesto sobre la Renta de 2019 a contribuyentes por un monto de $25.000, exento de intereses, recargos y multas para quienes se dedican al turismo
En visión de los legisladores, la iniciativa propuesta por el Ejecutivo, y que forma parte de un paquete económico diseñado para afrontar las dificultades económicas que provocará la pandemia mundial del COVID-19, apoyará a los pequeños y medianos contribuyentes.
También serán exonerados del pago de la renta quienes se dediquen a la generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, así como los que prestan en conjunto o al menos dos servicios como televisión por suscripción, telefonía móvil o fija, e internet.
Con la decisión, avalada por los legisladores mediante 63 votos a favor, se exonerará del pago del impuesto sobre la renta a los sujetos pasivos cuyo impuesto a pagar sea igual o inferior a $10 mil.
Durante el desarrollo de la sesión de trabajo en el pleno legislativo, los diputados avalaron una reforma al Decreto Legislativo N.° 593, por medio del cual se decretó Estado de Emergencia Nacional de la Pandemia por COVID-19.
La enmienda a este decreto tiene que ver con que se prorroguen por tres meses los procesos administrativos y judiciales, esto para evitar que los mismos venzan y provoquen la nulidad de juicios.
Continuando con las iniciativas dirigidas para paliar las consecuencias económicas que pueda traer la emergencia nacional decretada por el gobierno central, los parlamentarios aprobaron una medida transitoria para que los usuarios de energía eléctrica y agua potable, sin excepción, puedan diferir el pago de sus recibos para los meses de marzo, abril y mayo.
Cabe mencionar que los cargos generados en estos tres meses deberán pagarse en cuotas durante el período comprendido de julio a diciembre del presente año.
El pleno legislativo, además, aprobó una enmienda a la Ley de Protección al Consumidor para proteger a los usuarios de alzas injustificadas en los precios de bienes o servicios, producto de la emergencia nacional.