Gloria Silvia Orellana
@GloriaCoLatino
El Observatorio de Seguridad Ciudadana de las Mujeres reportó que entre octubre a diciembre del año 2020, cada 18 horas desapareció una mujer en El Salvador, hechos que se concentran en cinco departamentos, luego, de analizar cifras de fuentes oficiales como la Fiscalía General de la República, instancia que reportó 541 mujeres desaparecidas.
El Observatorio de Seguridad Ciudadana de las Mujeres, a cargo de la RED FEM, APROCSAL, Las Dignas, Las Mélidas y ORMUSA, cuentan con el financiamiento de la Unión Europea (UE), la ACCP y el Fondo Global para los Derechos Humanos Mundiales.
En su informe señala que según el Protocolo de Acción Urgente y Estrategia de Búsqueda de Personas Desaparecidas de El Salvador este flagelo puede estar vinculado con pandillas, maras, carteles y organizaciones criminales, que se constituye en un componente más de violencia contra las mujeres en el país.
“La desaparición de una persona implica la vulneración múltiple de derechos, además de generar dolor, angustia e incertidumbre en sus familiares. Sus efectos no solo atañen a la dignidad de la persona desaparecida, sus secuelas afectan también el tejido social, la economía del hogar e incluso la condición jurídica de sus familiares”, cita del informe.
La incidencia de casos de mujeres desaparecidas se concentra en cinco departamentos: San Salvador, Sonsonate, La Libertad, San Miguel y La Unión, con un 69 %, de casos, que según la Fiscalía General de la República y el Instituto de Medicina Legal (IML) se contabilizó entre enero a diciembre de 2002, un total de 3,059 hechos de violencia contra las mujeres.
Un promedio de ocho casos diarios, tipificado en cuatro delitos: feminicidios, violencia intrafamiliar, personas desaparecida y violencia sexual. De este último solo incluyeron de enero a junio del año pasado.
“Del total de 3,059 hechos de violencia, los feminicidios fueron 130 casos, violencia intrafamiliar 1,275, personas desaparecidas 541, y violencia sexual entre enero a junio 1,113 casos. Delitos de violencia contra las mujeres según cifras de la Fiscalía (FGR)”, indicaron.
En cuanto a mujeres desaparecidas, el Observatorio, señaló que 147 denuncias, acontecieron durante el período de confinamiento por la pandemia del COVID-19, que pese haber limitado la movilidad de las personas. Hubo un registro de esta incidencia en donde enero con (64), febrero (58) y marzo (54), pasaron a ser los meses con más alto número de casos del año 2020.
La Fiscalía, además, presentó un consolidado de personas desaparecidas que sumaron los 1,491, entre enero a diciembre de 2020; que se considera cuatro personas desaparecidas cada día. Del cual, 541 fueron mujeres (36.2 %); 841 hombres (56.4 %) y 109 (7.31 %) que reportan sin datos del sexo de las víctimas.
“Del total desapariciones: 358 equivalente al 24 % tenían menos de 17 años, incluyendo 84 niñas y niños menores de 12 años. El 29 % tenía 18 a 30 años. Según la Fiscalía General de la República, en muchos casos resueltos, la aplicación del Protocolo de Acción Urgente, les permitió localizar con vida personas reportadas como desaparecidas; en ese proceso fue determinante la colaboración ciudadana a través de las redes sociales. No obstante, en otros casos, no llega a conocerse el paradero de muchas personas; meses o años después, las familias siguen buscando a sus parientes al conocerse de hallazgos de cementerios clandestinos o cadáveres”, refirieron.
Asimismo, analizaron datos entre hombres y mujeres desaparecidas por departamento, que expuso las diferencias entre San Miguel y La Unión, en donde la cantidad de mujeres es más alto que hombres. San Miguel reportó 47 mujeres desaparecidas frente a 41 hombres. Y en La Unión las mujeres fueron 45 mujeres, mientras los hombres 25 desapariciones.
“La desapariciones son constantes en el país, durante y posterior al fin del conflicto armado, pero fue hasta octubre de 2019, que la Asamblea Legislativa aprobó la creación del delito de -Desaparición de Personas-, cometidas por particulares, incluidos los grupos delincuenciales. Para ello se incorporó el art. 148 A, en el Código Penal y las agravantes en los artículos 129, 364 y 365 de la referida normativa”, señalaron.
El establecimiento de penas indica en el Código Penal, prisión de 15 a 25 años, para “quienes de cualquier forma prive a otro de su libertad cuando esta acción fuera seguida de la desaparición u ocultamiento del paradero o localización de la víctima”.