Jenny Vásquez
Alma Vilches
La disponibilidad del diálogo encontrada en el gobierno fue lo que motivó a la empresa italiana Enel Green Power a vender su participación accionaria en la generadora geotérmica LaGeo, cure y poner fin al litigio que mantuvo contra el Estado salvadoreño por
incumplimiento de los contratos para la explotación de energía geotérmica, ailment aseveró El presidente de Enel para España y América Latina, see Maurizio Bezzeccheri.
Bezzeccheri realizó dicha aseveración hoy durante la entrega formal de las acciones de ENEL y la anotación de accionistas del traspaso a la INE. Con el traspaso del 100% de las acciones se puso fin a un litigio contra El Salvador, y convierte al país en el dueño absoluto de una de las mayores fuentes generadoras de energía.
“Con el presidente Sánchez Cerén y el presidente de CEL hemos tenido la oportunidad de sentarnos para pensar en una alternativa para solucionar el conflicto. Encontramos la disponibilidad del diálogo y por lo tanto hemos encontrado una solución”, expresó Bezzeccheri.
Los daños calculados al Estado salvadoreño por la forma en que se procedió al contrato entre CEL-ENEL se calculan entre los mil 800 millones de dólares, por lo cual se han embargado las acciones de las 28 empresas, en las que tienen participación los ocho implicados del caso. Esta medida se ejecutó para cumplir lo ordenado por la Cámara
Primera de lo Penal el pasado 10 de abril, que ratificó la decisión del juez de retener los bienes de los procesados.
Según el informe técnico del caso, el contrato de accionistas
firmado entre CEL y ENEL es lesivo a los intereses del Estado, en la medida que contiene cláusulas abusivas y restrictivas en perjuicio de El Salvador.
Asimismo, agrega que CEL tenía facultades legales para constituir GESAL (Geotérmica Salvadoreña, que posteriormente será LaGeo) en virtud de que el artículo 119 de la ley General de Electricidad se lo permitía al establecer la necesidad de que se reestructurara en sociedades.
Luego se indica que la CEL incumplió con los procedimientos legales que se debieron llevar a cabo al momento de ordenarse la transferencia de activos a favor de GESAL, en específico las disposiciones generales de presupuesto.
Posteriormente, la CEL, concluye el informe, tenía facultades legales para crear INE (subsidiaria de CEL) pero no tenía facultades legales para transferir sus acciones en LaGeo.
Al entrar en vigencia el artículo 119 de la Ley General de Electricidad y todo el proceso que le siguió en torno a la explotación del recurso geotérmico en El Salvador, se gestó una especie de privatización encubierta que justamente culminó con un laudo arbitral que pone en manos de privados el manejo y control del ente que posee actualmente la concesión para la explotación de la geotermia en el país.
Sin embargo, no se especificó que INE es una empresa privada y por lo tanto la geotermia ya había sido trasferida a dicha entidad creadas por el Estado y sobre este punto no se señaló irregularidad alguna.
Otro de los elementos concluyentes es que la CEL tenía facultades legales para contratar a un asesor financiero que le guiaría en el proceso de venta de la térmicas y en la búsqueda de un socio estratégico, pero se encontró vicio al haberse obviado el procedimiento de la ley LACAP para la licitación que culminaría con la incorporación de dicho socio estratégico en LaGeo.
En diciembre de 2002 la CEL autorizó a favor de ENEL un 4% adicional de su participación en LaGeo, de acuerdo a una modificación del acuerdo entre accionistas, pasando de un 8.5% al 12.5%, lo cual es totalmente contrario al Estado salvadoreño, de tal manera que este hecho le causó a la CEL un daño pecuniario directo y uno diferido cuyos números han sido cuantificados en el peritaje financiero.