Por Sébastien Blanc
Washington/AFP
Las nuevas restricciones de entrada a Estados Unidos que impone el decreto antiinmigratorio de Donald Trump entran en vigor este jueves, pero hay una gran confusión en cuanto a su aplicación.
Tres días después de que la Corte Suprema en Washington autorizara la aplicación parcial de una de las medidas más polémicas del presidente, muchas preguntas siguen sin ser contestadas.
El decreto, que supuestamente debe impedir la llegada de «terroristas», prohíbe temporalmente la entrada a Estados Unidos de ciudadanos de seis países con mayoría musulmana (Siria, Libia, Irán, Sudán, Somalia y Yemen), así como a refugiados de cualquier parte del mundo.
Pero los magistrados limitaron el alcance de este decreto el lunes: el mismo no se podrá aplicar a quien pueda justificar «una relación válida con una persona o una entidad en Estados Unidos».
Por lo tanto, alguien que venga desde alguno de esos países a visitar a un miembro cercano de su familia será admitido. O un estudiante que vaya a estudiar en una universidad estadounidense, o un empleado que haya sido reclutado por una compañía local. O un profesor invitado a dar una conferencia.
La noción de «relación válida» sumió a los juristas en la perplejidad. ¿Cómo un refugiado sirio podrá probar la existencia de un lazo anterior con Estados Unidos?, se preguntaron.
Algunas precisiones fueron dadas pocas horas antes de la entrada en vigor de la norma, prevista para las 8:00 de la noche, hora local, de este jueves, señaló el New York Times.
En un mensaje dirigido a su red diplomática, el gobierno estadounidense precisó su concepción de lo que considera «familia cercana».
Sí a la nuera, no a la abuela
Esta noción abarca a «los padres (incluso adoptivos), los esposos, niños, hijos o hijas adultos, yernos, nueras, hermanos y hermanos y medio hermanos o media hermanas».
Quedan por tanto excluidos los abuelos, nietos, tíos y tías, sobrinos y sobrinas, primos, novios y novias, cuñados y cuñadas.
La «relación válida» debe ser «formal, documentada y haber sido establecida en circunstancias ordinarias, y no con el objetivo de escapar a este decreto», precisa el telegrama diplomático.
Los turistas originarios de los seis países se preguntaban si una simple reserva de hotel sería considerada suficiente para obtener una visa. Las autoridades estadounidenses respondieron a esta pregunta por la negativa, incluso en los casos en que el permiso ya hubiera sido abonado.
Finalmente, los expertos prevén una proliferación de procedimientos alrededor de la interpretación del decreto redefinido por la Suprema Corte.
«Nos van a llover las demandas», advirtió el juez conservador Clarence Thomas, «mientras las partes y las cortes tratan de determinar exactamente qué es lo que define como válida una razón».
Si bien es probable que esta controversia se extienda a las cortes, los expertos prevén un impacto limitado en los aeropuertos.
Evitar el caos
No hay duda de que las autoridades estadounidenses no quieren ver el mismo caos que se desató el pasado 27 de enero con la implementación de una primera versión de este decreto.
Esa vez se desataron furiosas reacciones de todo el mundo, mientras los aeropuertos comenzaron a ser objeto de protestas espontáneas, con viajeros que al llegar eran detenidos y amenazados con ser expulsados.
Abogados voluntarios y varias asociaciones habían ofrecido ayuda gratuita, y algunas de estas últimas ya anunciaron que estarán presentes otra vez este jueves en las terminales aéreas.
En esa ocasión el decreto fue suspendido el 3 de febrero por un juez federal, igual que sucedió con la segunda versión del mismo en marzo. Los magistrados han justificado estas suspensiones porque según ellos el decreto era discriminatorio contra el Islam.
La Corte Suprema anunció el lunes que examinaría esta segunda versión del decreto en octubre. Pero esto solo tendría un alcance teórico, pues se supone que esta ley se aplicará durante 90 días a los ciudadanos de los mencionados seis países y 120 días a los refugiados.