Gloria Silvia Orellana
@Diario CoLatino
El Estado salvadoreño ha guardado silencio desde hace seis días, luego de hacerse pública la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en el Caso de Manuela que lo encontró “responsable” de negarle las garantías judiciales y aplicar de forma arbitraria sus derechos como igualdad ante la ley, su salud y la vida.
Carmen Cecilia Martínez, abogada del caso, lo resumió así : “El Estado salvadoreño hace parte soberanamente de la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, porque se sometió con una firma soberana a esta y en ese sentido esperamos que cumpla”, dijo en entrevista exclusiva a Diario Co Latino.
– ¿Cómo llegó el caso de Manuela a sus manos?
El caso de Manuela llegó hace como 10 años atrás, al Centro de Derechos Reproductivos, -digamos- desde que cambió la ley en El Salvador y penalizó el aborto en todas sus circunstancias, entonces, el Centro viene trabajando muy de cerca con la Colectiva Feminista, a partir de 1998.
Y llegó a mí este caso justamente hace 3 años, cuando asumí la gerencia regional y he liderado allí el caso por parte del Centro de Derechos Reproductivos. El caso de Manuela se documentó conjuntamente con la Colectiva Feminista y con la Iniciativa Ciudadana por la Despenalización del Aborto, para finalmente llevarlo ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
– ¿Cuáles fueron sus argumentos principales?
El primero, que siempre alegamos es que la violación a todos los derechos humanos que sufrió Manuela, como su familia, parten de un contexto extremadamente restrictivo frente a la penalización de los servicios de salud reproductiva en los procesos naturales de las mujeres. Y en este sentido, cuando específicamente son emergencias obstétricas o complicaciones del embarazo, que proviene de la penalización total del aborto.
Y que se emplea en mujeres con determinadas características como las de Manuela, una mujer cabeza de familia, en situación de pobreza extrema, las que han sido excluidas de la institucionalidad y que la mayoría de ellas nunca han podido acceder en sus vidas a educación integral o básica. Manuela nunca tuvo la oportunidad de aprender a leer o escribir por esa misma exclusión estatal que termina siendo una exclusión netamente patriarcal.
– ¿Qué argumentaron sobre el Sistema de Slud?
Fue un alegato muy firme en relación a que se violó el “secreto profesional”, cuando Manuela intentó acceder a los servicios de salud. Y que la detención de la cual fue víctima fue absolutamente arbitraria, basada en estereotipos de género y que no tuvo garantías y protecciones y nunca pudo obtener las condiciones de accesibilidad de salud en tres momentos específicos.
– ¿Cuales fueron esos momentos?
Cuando llegó con su emergencia obstétrica le fue condicionada la atención por varias horas porque la médica simplemente actuó como una “autoridad penal o persecutoria” y decidió indagar sobre aspectos de la vida privada de Manuela, con la única finalidad de denunciarla por un delito que nunca cometió.
Recordemos también que Manuela ya sufría un cáncer linfático que no había sido diagnosticado por las autoridades de salud que la atendieron en distintas oportunidades, y mucho antes de la emergencia obstétrica, y nunca se tomó en cuenta que ella se quejaba de dolor por unos “bultos” que salieron en su cuello.
Y finalmente, cuando entra a la cárcel desafortunadamente y es injustamente condenada a 30 años de prisión a Manuela le diagnostican el cáncer linfático y un médico estatal recomendó quimioterapias que nunca fueron aplicadas porque no la llevaron (centros penales), con excusas como carencia de transporte o no había dinero para llevarla al hospital. O sea, nunca se le dio una atención integral y solo llegó al servicio de salud, cuando estaba por morir en la cárcel.
– ¿Cuál fue el papel del Sistema Judicial?
Un gran ejemplo que lo define es que su defensa (abogado), ni siquiera apeló a la sentencia a la que fue condenada Manuela. A esto alegamos el quiebre familiar que enfrentó Manuela con sus padres y sus hijos que por la falta de dinero y la distancia territorial nunca pudieron visitar a Manuela en la cárcel, digamos que son las principales alegaciones que presentamos.
– ¿Un marco legal injusto para personas pobres?
Es una situación lamentable pero prefiero usar el término “entramado de violencia institucional y violencia de género”, que se traduce en este engranaje penal y persecutorio en contra de mujeres en situación de pobreza de cabeza de familia que nunca han podido acceder a servicios de salud o sociales por su cuenta, y que por su capacidad de gestar son juzgadas así como, por sus derechos sexuales. Que las mujeres nacemos y debemos tener un hogar e hijos y dar amor cariño y otros estereotipos que fueron aplicados al caso de Manuela, hemos sido testigos de muchos de estos casos en la región en donde vivimos en sociedad patriarcal.
– ¿Qué vieron los magistrados en el caso de Manuela?
¿Qué vieron los magistrados de la Corte IDH?, pues toda la información científica, técnica y jurídica que se les acercó durante todos estos años desde el 2012, en el litigio interamericano en el caso de Manuela.
Los magistrados no solo investigaron el expediente jurídico interno, por el cual se condenó injustamente Manuela, sino también todos los expedientes médicos y técnicos que se le acercaron incluidos los del Estado salvadoreño, como parte del proceso y ante la gravedad de los hechos.
La Corte IDH fue tajante al reconocer que existe un contexto de criminalización total de un servicio de salud reproductiva como es el aborto, que desencadena un entramado de violencia institucional y de género, que persigue a mujeres con eventos obstétricos y complicaciones de embarazo en situaciones precarias.
Por eso, se pudo probar que fueron los operadores de salud no solo los que activaron el sistema penal para Manuela, sino también otros que suelen activar el sistema penal en donde se criminaliza a las mujeres en El Salvador. Y por esto les exige a cumplir el secreto profesional y que deben guardar la confidencialidad de la historia clínica y especialmente de mujeres que buscan salud reproductiva.
– ¿Qué hay de los tiempos para el cumplimiento de la sentencia?
Fue muy enfática en demandar el diseño de planes de educación sexual y reproductiva a todas las personas en El Salvador, y con unos componentes muy claros como no ser discriminatoria, que esté basada en la evidencia científica y que esté adecuada a las edades de la niñez y adolescencia. Y también tomar las capacidades evolutivas de estos grupos porque también tienen derechos sexuales.
Esto abre un camino enorme y no solo para que las mujeres no vuelvan a sentir miedo de acercarse a los servicios de salud por emergencias obstétricas. Es una puerta gigante para las mujeres que enfrentan este tipo de emergencias y es también a lo largo de la región, incluso, en países que tienen la liberación total del aborto como Argentina, o Colombia.
– ¿Un nuevo estándar de jurisprudencia?
El Salvador debería o tiene que interpretar esta sentencia como una oportunidad para cambiar definitivamente ese engranaje de violencia institucional y justamente esto debe pasar por un punto de vista interdisciplinario e interinstitucional.
Los organismos del Estado que están llamados a cumplir la sentencia como el sistema de Justicia y la Fiscalía; los ministerios de Salud y Educación y los que trabajan en pro de los derechos de la mujeres a todos los niveles deben ponerse de acuerdo.
Que no quede en el papel de la sentencia, que de verdad hagan los ajustes y las políticas públicas que la Corte IDH, determina. La sentencia es clara, al decir, que todos los derechos violados en el caso de Manuela no deben volver a ocurrir en el Estado salvadoreño.
Y la Corte creó otra instancia que llamó de “Cumplimiento y Supervisión de Sentencia” en donde estará pendiente y nosotros también. Junto a la Colectiva Feminista estaremos enviando informes del cumplimiento y confiamos que el Estado cumplirá.