Henry Fino

En estos momentos estamos en elecciones, sin embargo, aquellos que creen en los procesos eleccionarios no se deben de entusiasmar, ni aquellos que no creen en los procesos eleccionarios no deben de iniciar sus comentarios y críticas.

Las elecciones en las que estamos son de las que se conocen como de segundo grado, la ciudadanía participa indirectamente pues quienes eligen son los diputados/as, elecciones en las que ya participo el cuerpo electoral.

La Asamblea Legislativa está en proceso de elegir a 5 magistrados/as de la Corte Suprema de Justicia. Además de los magistrados/as de la Corte Suprema  de Justicia por esa forma de elección la Asamblea elige a los Magistrados/as de la Corte de Cuentas o a los del Tribunal Supremo Electoral, entre otros.

Esta elección es diferente además porque los electos duran en sus cargos 9 años, son los únicos funcionarios electos por un período tan largo, pero además los candidatos a su vez tienen algún proceso previo que cumplir antes de llegar a la Asamblea Legislativa.

La Corte Suprema de Justicia se renueva cada 3 años por tercios, esto es que se eligen cada 3 años 5 magistrados./as Estos deben de tener suplentes. Por lo que la Asamblea Legislativa tiene 5 ternas para elegir magistrados/as propietarios/as y 5 ternas para elegir magistrados/as suplentes, en suma entonces son 30, de estos, 15 son electos en elecciones públicas, abiertas de los/las abogadas autorizadas en el país y los otros 15 propuestos por el Consejo Nacional de la Judicatura.

Los 15 que son electos/as por los abogados/as se hace mediante votación de todos y todas, y quienes proponen los candidatos son las Asociaciones de abogados/as y que tengan más de 100 miembros. Se sabe que hay más de 35 mil abogados de los cuales en esta última elección votaron 3622

Los propuestos por el Consejo Nacional de la Judicatura los escoge de entre todos los abogados/as, invita a quienes tengan interés en ser incluidos en esa elección, el CNJ revisa, evalúa y escoge los otros 15 candidatos

La primera pregunta que la ciudadanía debe hacerse ante este proceso que hemos comentado, ¿es si los magistrados electos el 1 de mayo de 2021 siguieron ese procedimiento?, si no lo siguió la Asamblea Legislativa, ¿entonces es legal o no la elección de ellos?

Como ya hemos dicho estos Magistrados y otros funcionarios son electos por la Asamblea Legislativa entonces para tener garantía de que se elijan los mejores debe haberse electo a los mejores diputados/as, que sean responsables y cuidadosos en las evaluaciones y que examinen bien que los requisitos que deben de tener los funcionarios/as que se están eligiendo los cumplan.

La Constitución de la República, vigente y que debe de cumplirse, señala cuales son los requisitos que todo Magistrado/a a la Corte Suprema de Justicia debe de cumplir. El articulo 176 establece cuales son: ser salvadoreño por nacimiento, del estado seglar (o sea no ser miembro de una congregación religiosa o  pastor), mayor de cuarenta años, abogado de la República, de moralidad y competencia notorias; haber desempeñado una Magistratura de Segunda Instancia durante seis años o una Judicatura de Primera Instancia durante nueve años, o haber obtenido la autorización para ejercer la profesión de abogado por lo menos diez años antes de su elección; estar en el goce de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis años anteriores al desempeño de  su cargo.

Como se puede ver hay algunos requisitos que con facilidad se pueden comprobar que los cumplen. Hay otros y muy importantes que se deben de examinar, son de la esencia del cargo, estos son: de moralidad y competencia notorias.

Es de la esencia que un juez sea de moralidad notaria, la ley no acepta que sea de moralidad normal, sino que debe de ser sobresaliente. Que podemos entender que se tiene moral, quizás que sea ético, honrado, honesto, decente, justo, virtuoso, probo, integro. Y de manera sobresaliente, que se entere y de cuenta los que le rodean y se relacionan con el que es moral. Y esto debe ser en su vida pública y privada. No podemos creer que una persona es moral si ejerce violencia en contra de sus hijos, esposa o compañera de vida lo mismo aplica para una mujer, pues pueden ser candidatas, no es moral si ejerce violencia contra sus hijos, esposo o compañero de vida. Tampoco se puede creer que es moral si cobra dadivas por decidir en un sentido.

La moralidad notoria como se puede observar es de la esencia del cargo, pues se puede tener más de 10 años de haber sido autorizado como abogado/a o más de cuarenta años de edad, pero nunca se conseguirá para algunos ser moral.

La Asamblea Legislativa en todas las elecciones queda en deuda con este requisito, pues se limita a que los candidatos presenten solvencia de la PGR y PDDH para comprobar el ser notoriamente moral, pero eso lo que comprueba que nunca ha sido denunciado en alguna de esas instituciones.

El otro requisito importante en esta elección es la competencia notoria, tampoco se evalúa este de forma que garantice que el electo es idóneo para desempeñar el cargo. La competencia no solo se debe evaluar por estudios realizados y grados académicos obtenidos, sino por el desempeño en cargos anteriores y similares y en estos que resultado obtuvo de su gestión, eficiencia y eficacia en la gestión son buenos parámetros para evaluar la competencia. La Asamblea Legislativa poco o nada hace en ese sentido, el de evaluar la competencia y como el anterior requisito debe de ser notorio, o sea sobresaliente, no se debe conformarse la Asamblea Legislativa con elegir a alguien con competencia normal, si lo evaluara tendrá que buscar lo sobresaliente de la gestión e idoneidad

Para finalizar los requisitos que debe evaluar la Asamblea Legislativa de los candidatos hay otra que debe ser evaluada y está en relación con en el conjunto del pleno de la Corte, y es que en ella (la Corte Suprema de Justicia) deberán estar representadas las más relevantes corrientes del pensamiento jurídico. ¿Se hará alguna pregunta a los candidatos sobre que corriente del pensamiento jurídico se apega su trabajo? No puedo asegurar que se haga, lo que si me genera más certeza es que si se hiciera tal pregunta en las entrevistas, no sabrían los electores a que se refiere el candidato, pero mas aun el profesar que se adscribe a un pensamiento jurídico no significa que sea cierto, ello deberá contrastarse para su comprobación con el requisito de la competencia. Pues el adscribirse a un pensamiento jurídico la obra científica producida será en esa línea de pensamiento.

Con este requisito la Asamblea debe evaluar al Pleno como hemos dicho, quiere decir que debe conocer a que pensamiento jurídico se adscriben los magistrados en funciones, con el objetivo de que los electos sean de un pensamiento diferente al que tienen los en funciones. ¿Por qué esto? Porque la Constitución ordena que deberán estar representadas las más relevantes corrientes del pensamiento jurídico. Difícil de cumplir, porque los diputados en el proceso de elección nunca lo evaluaron para conformar el pleno con la diversidad de pensamiento jurídico.

No deben de olvidarse los diputados/as que deben elegir Magistrados sin militancia política, ello para no ser influenciados por el poder político, que hoy en esta coyuntura es del día a día, pues no existe independencia judicial.

¿Porque es importante esta elección?, no solo porque se están eligiendo a los más altos funcionarios del Órgano Judicial sino porque se están eligiendo jueces que administraran justicia. Todos/as siempre deseamos lo mejor pero no lo valoramos hasta que lo necesitamos y no lo tenemos.  Póngase a pensar, entra hoy a su casa y enciende la luz o abre el grifo del agua y ahí está el fluido eléctrico o el agua potable, y como todos los días el mismo resultado y usted muy tranquilo.

De repente llega mañana y hace lo mismo y no hay energía eléctrica o no cae agua, ahí se empieza a preguntar que paso porque la falta del servicio, protesta, se disgusta. Por lo que importante es cuidar y proteger los recursos para que siempre los tengamos. En la justicia sucede lo mismo, pasa desapercibida, y nos compartamos hasta con indiferencia. Si preguntáramos cuantos están enterados de las elecciones actuales de los/las magistradas pocos salvadoreños/as dirán que están enterados, pero más aún menos los que están interesados. Pero de repente estos mismo tienen que acudir al Órgano Judicial o más a la Corte Suprema y los resultados no son los justos, ahí empezamos a preguntarnos que clase de jueces tenemos, porque no tenemos jueces probos, honestos, capaces. Ya tarde para esa exigencia.

La ciudadanía, ya debe de exigir a las /los diputados una elección de acuerdo con los requisitos legales y a las sentencias que la Sala de lo Constitucional dicto para cumplir en estos procesos eleccionarios. Debe de preguntar quiénes son los candidatos/as, debe pedir los documentos que comprueben la idoneidad de los candidatos. Todo esto para garantía que se elijan los magistrados idóneos, la contraloría de la ciudadanía es urgente y necesaria para estos procesos y debemos ejercerla con responsabilidad.

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Tags: Elecciones

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