Samuel Amaya
@SamuelAmaya98
Más de 100 productos de consumo local estarán exentos de aranceles para así reducir el precio en el que se comercializan en los mercados salvadoreños; ese es el objetivo de la ley especial para promover competitividad y facilitar acceso a productos de la canasta básica ampliada, que la Asamblea Legislativa, a petición del Ejecutivo, aprobó. Conoce cuales son esos productos.
Entre los productos que estarán exentos de los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) se encuentran: la carne de res, de cerdo, de pollo y de pavo, leche fluida y en polvo, queso, queso fresco y requesón, huevos, papas, tomates, cebollas, repollo, lechuga normal y repollada, zanahorias, pepinos, apio, chile, Maíz dulce, amarillo y blanco, Güisquiles, frijol rojo, negro, de seda, plátanos, bananas, mango, guayaba, naranjas, mandarinas, limón, uvas, sandias, melón, papaya, manzana, fresas, té verde, avena, arroz en granza y blanco, harina de trigo y de maíz, manteca, aceite vegetal y de maíz, margarina, mezclas de aceites, sardinas, atún, azúcar, leche para niños, pastas alimenticias, cereales, atoles, galletas, pan tostado, salsas, sopas instantáneas
De igual forma, también estarán exentos del DAI por 10 años, el alimento para animales, fertilizantes /abonos, insecticidas, herbicidas y otras sustancias para combatir microorganismos.
El decreto en cuestión plantea que se busca tomar medidas urgentes y de carácter temporal tendientes a asegurar el abastecimiento para la población de productos esenciales de la canasta básica ampliada para que puedan adquirirse a precios adecuados de manera que no cause perjuicio a los consumidores, así como la importación de insumos agrícolas y materias primas que garanticen la producción agrícola y la seguridad alimentaria.
La normativa también establece que la Defensoría del Consumidor deberá monitorear y vigilar el mercado para constatar que las reducciones arancelarias se vean reflejadas en los precios al consumidor final.
Asimismo, se faculta a los Ministerios de Economía, Hacienda y Agricultura y Ganadería, para que cada uno, dentro de sus respectivas competencias y responsabilidades, puedan emitir los acuerdos, instructivos, circulares, resoluciones y cualquier otra actuación administrativa, orientada a garantizar una correcta y efectiva aplicación de la ley.
La nueva normativa estaría vigente hasta el 31/07/2034; además deroga la ley especial transitoria de combate a la inflación de precios de productos básicos aprobada en marzo de 2022 con la que se pretendía reducir el alto costo de los productos de la canasta básica; sin embargo, esto no se logró.