Alessia Genoves
Colaboradora
El Juzgado Cuarto de Sentencia de San Salvador dictó sentencia condenatoria contra tres exempleados de la Imprenta Nacional por el delito de peculado, estableciendo una pena de 8 años de prisión a cada uno.
Además de la condena penal, los acusados deberán pagar una responsabilidad civil de $11 mil 377.14 dólares, que será prorrateada entre ellos. Los condenados responden a los nombres de Rafael Ernesto Villalobos García, Ángel Elías Vásquez Figueroa y Óscar Alberto Pleitez, quienes ocupaban altos cargos en la institución durante el período 2016-2017 y se aprovecharon de sus posiciones para malversar fondos públicos.
La FGR informó que “se ha llegado a establecer una prórrota de $11 mil 377.14 dólares para cada uno de los imputados”. Este monto representa la cantidad que deberán restituir al Estado por los fondos malversados. Según las declaraciones de la FGR, “deviene una primera acusación en éste momento, en la cual estaban incluidas otras personas también; y el Juzgado ha tenido en cuenta a éstas personas para hacer la prorrata”. Pero en esa primera acusación, el monto de las irregularidades ascendía a los $47 mil 181 dólares, de un beneficio de $93 mil 479.20 por actividades como la “venta de papel reciclado”.
Participación de los acusados
Rafael Ernesto Villalobos García, quien se desempeñaba como gerente de la Imprenta Nacional, tenía un papel central en esta trama. La FGR declaró que “era la persona que, dentro de la asignación de roles que habían, se encargaba de cobrar los cheques, y de hacer también algunas solicitudes de bienes y servicios que nunca fueron presentados o prestados a la institución”.
Ángel Elías Vásquez Figueroa, por su parte, tenía la responsabilidad de buscar a personas que prestaran servicios ficticios para la Imprenta Nacional. La FGR señaló que “era el señor que se encargaba de buscar a las personas encargadas de prestar servicios ficticios para la Imprenta Nacional y también era el refrendario para los cheques del manejo del Fondo Circulante para la Institución”.
El tercer implicado, Óscar Alberto Pleitez, de quién la FGR declaró que “era precisamente el encargado de éste monto fijo. Era la persona que entregaba directamente los cheques al señor Ernesto Villalobos Artiga, por servicios que nunca fueron presentados a la Imprenta Nacional”. Su posición le permitía manipular los registros financieros y facilitar la emisión de cheques sin la debida justificación.
Implicaciones legales del delito de peculado
El delito de peculado, por el cual fueron condenados los tres ex-empleados, está tipificado en el artículo 325 del Código Penal de El Salvador. Éste define el peculado como la apropiación indebida de dinero, valores o bienes públicos por parte de un funcionario o empleado público en beneficio propio o ajeno.
“El funcionario o empleado público o el encargado de un servicio público que se apropiare en beneficio propio o ajeno, de dinero, valores, especies fiscales o municipales u otra cosa mueble de cuya administración, recaudación, custodia o venta estuviere encargado en virtud de su función o empleo o diere ocasión a que se cometiere el hecho será sancionado con pena de prisión de acuerdo a las reglas siguientes:”
La gravedad de la pena impuesta depende del monto del peculado cometido. El Código Penal establece tres niveles de sanción: “Si el peculado fuere hasta cien mil colones, la sanción será de seis a ocho años”, o “cuando fuere superior a cien mil colones pero inferior o igual a quinientos mil colones, la sanción será prisión de ocho a diez años”, y “si el peculado fuere superior a quinientos mil colones, la sanción será prisión de doce a quince años.”
En este caso, la condena de 8 años de prisión impuesta a los tres ex-empleados sugiere que el monto del peculado se encontraba en el rango de hasta cien mil colones o su equivalente en dólares, o ligeramente por encima de este monto.