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La Fundacion de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD) reaccionó ante la decisión del Ejecutivo de declarar una nuevo estado de emergencia a través del decreto 19, aduciendo que esto desobedece a lo dictado por la Sala de lo Constitucional. Hay que recordar que el 18 de mayo la Sala de lo Constitucional -SC- emitió una medida cautelar que suspende la aplicación del Decreto Ejecutivo 18, por medio del cual el Órgano Ejecutivo pretendía prolongar la declaratoria de emergencia nacional en El Salvador. Sin embargo, funcionarios del Gobierno han anunciado este 19 de mayo que se ha emitido el Decreto Ejecutivo 19, con el cual insisten en declarar estado de emergencia por medio de un Decreto Ejecutivo y no por Decreto Legislativo como lo ha señalado la SC y como debería ser, afirma FESPAD.
Según la institución de concretarse esta decisión del Órgano Ejecutivo se estaría cometiendo un nuevo fraude de ley.
“Existe jurisprudencia de la SC que establece que ante cualquier modificación legal efectuada sobre el objeto de control propuesto en un proceso de inconstitucionalidad”, señalan en un comunicado.
Para la Sala, lo determinante es establecer la permanencia o no en el ordenamiento jurídico de la norma que fue inicialmente impugnada o inaplicada; ello, para evitar que, en virtud de maniobras legales (que es lo que está haciendo el Órgano Ejecutivo), una disposición o cuerpo normativo se sustraiga del control de constitucionalidad.
Esto deja abierta la posibilidad de conocer de una disposición con el mismo contenido material que la disposición originalmente objetada, pero que la autoridad demandada reubicó en otro cuerpo normativo u otra disposición jurídica.
FESPAD señala que durante la tramitación del proceso de inconstitucionalidad se verifica alguna modificación en la disposición sometida a control, es posible examinar la continuidad de los términos de impugnación de la norma derogada. Por lo que las personas que presentaron demandas en contra del Decreto Ejecutivo 18 deberían solicitar a la SC el traslado del objeto de control, en este caso al Decreto Ejecutivo 19; ante esa solicitud, y en consideración a la jurisprudencia, se debería esperar que la SC anuncie el traslado del objeto de control, afirman. En el comunicado agregan que “es de hacer notar que a esta hora (18:00) el Decreto Ejecutivo 19 no se ha dado a conocer públicamente ni se ha publicado en el Diario Oficial, esto podría tener la intención de frenar cualquier acción jurídica ciudadana que active la jurisdicción de la SC. De ser así, esto también sería parte del fraude de ley” Por lo que solicitaron a la SC y a la comunidad nacional e internacional a estar atentos a las acciones que desde el Órgano Ejecutivo se realizan desobedeciendo mandatos judiciales, así como las que impiden el acceso a la justicia de la ciudanía.