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FESPAD asegura que la decisión del presidente de la República Nayib BUkele , de declara emergencia máxima en los centros penitenciarios no es Constitucional. Foto Diario Co Latino/ Archivo

FESPAD: decisión de emergencia máxima en penales es contraria a la Constitución

Joaquín Salazar
@JoakinSalazar

La Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD) manifestó a través de un comunicado, que la decisión tomada por el Presidente de la República, al declarar emergencia en los todos los centros penales, es contraria al mandato constitucional establecido en el artículo 27 inciso final de la Constitución de la República, y al contenido de la Ley Penitenciaria en cuanto a los principios de legalidad, judicialización, y afectación mínima. Ya que afecta la situación de los internos sometidos a detención provisional que no son condenados,  que ronda el 27% del total de las personas privadas de libertad.

FESPAD pidió a los Jueces de Vigilancia Penitenciaria revoquen la medida adoptada por el Ejecutivo, ya que no hay hechos que la justifiquen, de acuerdo a la Ley.

El presidente de la República, Nayib Bukele, anunció la emergencia máxima en los centros penales a raíz del asesinato de dos elementos de la Fuerza Armada, entre el pasado sábado y el lunes.

El mandatario  justificó dicha medida tras afirma que era tomada dentro de las facultades del Ejecutivo para mantener el control y el orden en los Centros Penales y que aún siguen grupos criminales operando desde el interior de penales.

Para FESPAD, la Ley Penitenciaria es clara respecto al procedimiento que debe seguirse para declarar “Estado de emergencia” y los motivos por los que procede.

El artículo 23 de esta ley señala que corresponde a los directores de los centros penitenciarios declararlo por motivos de fuerza mayor, caso fortuito, actos de indisciplina y desórdenes colectivos, actos de desestabilización (amotinamientos o motines). También la ley estipula que corresponde al Director General de Centros Penales confirmar o no la medida y, en caso de confirmarla, comunicarla a los respectivos jueces de vigilancia penitenciaria para que determinen si hay motivo o no para la aplicación del régimen.

FESPAD sostiene que la orden emitida por el Presidente Bukele es contraria a lo contemplado en el informe preliminar emitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como resultado de la visita “in loco” en diciembre de 2019, donde se sostiene: “La Comisión condena la utilización del régimen de aislamiento que resulta claramente opuesto a los estándares en materia de privación de libertad, y coloca la integridad personal en una situación especial de riesgo y con afectaciones que pueden prevalecer durante toda la vida de las personas sometidas a este régimen”.

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