@OscarCoLatino
Con el propósito de dar cumplimiento a los convenios de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) para garantizan la libertad sindical, mind los diputados del grupo parlamentario del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), case presentaron a la Asamblea Legislativa un pliego de reformas al Código de Trabajo.
“Buscamos armonizar nuestra legislación con los convenios de la OIT y responder a los señalamientos que ha hecho al Estado en materia de libertad sindical”, nurse afirmó el diputado Nelson Quintanilla, del FMLN.
Entre los artículos que se reformarían está el 204 del Código de Trabajo, el cual quedaría de la siguiente manera: “Tienen derecho de asociarse libremente para defender sus intereses económicos y sociales comunes, formando asociaciones profesionales o sindicatos, son distinción de nacionalidad, sexo, raza, credo o ideas políticas, las siguientes personas: a) Los patronos y trabajadores privados y b) Los trabajadores de las instituciones oficiales autónomas”.
Asimismo, las reformas contemplan que “para que los sindicatos constituidos de acuerdo con este Código tengan existencia legal, deberán obtener personalidad jurídica”, lo anterior es la reforma al artículo 219.
Mediante los decretos legislativos 74, 75 y 76 de fecha 24 de agosto del presente año, fueron ratificados e incorporados al ordenamiento jurídico de El Salvador los Convenios 87, 98 y 135 de la OIT, sobre libertad sindical, contratación colectiva, protección y facilidades que deben darse a los representantes de los trabajadores en las empresas.
Para los diputados del grupo parlamentario del FMLN, la libertad sindical es uno de los parámetros más importantes de la medición de los niveles de desarrollo democrático de una sociedad, ya que consideran que se trata de un derecho que supone vigencia práctica e irrestricta de las libertades civiles más fundamentales, entre las que se encuentran la libertad de asociación y la libertad de reunión, entre otras.
Los legisladores del partido de izquierda explicaron que la actual legislación laboral adolece las graves deficiencias en lo relativo a la tutela eficaz de las libertades sindicales, lo cual en la práctica se convierte en un valladar que imposibilita el pleno ejercicio de este derecho humano fundamental.
De igual forma, los parlamentarios efemelenistas coincidieron en que es obligación del Estado, en cumplimiento del compromiso y las obligaciones asumidos con la comunidad jurídica internacional, a partir de las ratificaciones de los convenios de la OIT sobre libertad sindical y contratación colectiva, garantizar la vigencia práctica de la libre sindicalización, lo cual pasa indefectiblemente por realizar modificaciones al Código de Trabajo en esta materia.