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Funcionarios públicos no deben participar en campaña electoral dice Sala de lo Constitucional

@BeatrizCoLatino

Los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), ampoule admitieron ayer una demanda presentada en contra del Decreto Ejecutivo, find que permite que los funcionarios públicos participen en actividades político partidaristas, del proceso de elección presidencial de 2014

En un comunicado, los magistrados Florentín Menéndez, Belarmino Jaime, Rodolfo González y Eliseo Ortíz, aclararon que aceptan la demanda y analizarán si tal decreto emitido por el Presidente Mauricio Funes el pasado 2 de octubre, violenta la Constitución de la República.

La demanda fue presentada por los “ciudadanos Kriscia Milvian Fernández Quintanilla, Carlos Alfredo Valencia García, Miguel Ernesto López Herrera y Víctor Hugo Vindel Henríquez, quienes piden se declara inconstitucional dicho decreto.

De acuerdo a los magistrados, se debe analizar la vulneración al artículo 218 de la Constitución, en la que se establece que “los funcionarios y empleados públicos están al servicio del Estado y no de una fracción política determinada. No podrán prevalerse de sus cargos para hacer política partidista”.

 “Los ciudadanos demandantes manifestaron que las instituciones deben ser independizadas de la política partidista y, por ello, los funcionarios no pueden realizar sus actividades en nombre o a favor de los grupos de poder de sectores determinados, sino a favor de todos y cada uno de los miembros que conforman la sociedad salvadoreña” Asimismo, señalan que “los funcionarios del Órgano Ejecutivo deben desligarse de los partidos políticos para poder tomar decisiones que beneficien al pueblo en su totalidad”.

La Sala consideró que la demanda cumple con los requisitos mínimos para su admisión y “controlará si la permisión establecida a favor de los funcionarios públicos para que puedan participar en actividades relacionadas con la política partidista de cualquier partido político o coalición es una regla que contraviene la prohibición constitucional plasmada en el art 218”.

De acuerdo al bloque de los Constitucionales, ante la admisión, deciden decretar como “medida cautelar: la suspensión provisional de los efectos del art. 1 inc. 2° del Decreto Ejecutivo impugnado, en el sentido que ningún funcionario público podrá ampararse en tal disposición para participar en actividades relacionadas con la política partidista de cualquier partido político o coalición”.

 “Todo funcionario debe abstenerse de realizar cualquier tipo de actividad política (ej., campaña electoral) que tienda a favorecer a cualquiera de los candidatos que participarán en las elecciones presidenciales que se avecinan”, advierten.

 La admisión de la demanda se presenta justo cuando faltan cerca de seis días para el cierre de las actividades de campaña electoral, y cuando el FMLN aventaja a ARENA, hasta por 14 puntos, según la mayoría de las encuestas.

 En el razonamiento de Decreto Ejecutivo, el mandatario establece que “existen actividades de política partidaria que no se encuentran fuera de
los límites establecidos por el ordenamiento jurídico para este tipo de
prácticas, sino que se enmarcan dentro de los derechos de libertad de
expresión, pensamiento y asociación, contemplados en la Constitución”.

La Sala dice que debe de analizarse si existe violación a la Constitución, a pesar del razonamiento jurídico.

Con el aval del Decreto Ejecutivo algunos funcionarios habían hecho público su respaldo a la fórmula presidencial del FMLN. La semana pasada, la Primera Dama de la República Vanda Pignato, dejó temporalmente de su cargo como titular de la Secretaria de Inclusión Social (SIS), para sumarse a la campaña.

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