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General Martínez 1932: Suspende la autonomía universitaria

César Ramírez
@caralvasalvador

El  Golpe de Estado del 2-3 de diciembre de 1931 del General Martínez contra el presidente Arturo Araujo, no  contó con el reconocimiento de Estados Unidos y así lo publicó el 24 de diciembre de 1931 (Diario Latino); durante los meses siguientes en 1932 acontece una serie de acciones que develan el carácter autoritario y su objetivo de prolongar su mandato más allá de la legalidad constitucional; una muestra es la reforma constitucional de reelección  y de esa forma el 28 de agosto de 1934 Martínez deposita el gobierno en Andrés Ignacio Menéndez hasta el 1 de marzo de 1935 para presentarse a la elección presidencial,  de nuevo gana la elección  y de esa manera el general Martínez impone su gobierno que se prolonga 1939- 19441…etc.

Una de las iniciales acciones que impone es la censura a los medios de comunicación y la instauración de una policía política que juzga a los civiles, se puede observar en la siguiente nota de prensa: Diario Patria 5 de enero 1932 Multa al estudiante Padilla Rojas

“Esta mañana el Juez Especial de Policía, Procurador don Leandro Mayorga, dirigió, una nota al estudiante de Ingeniería don Salvador Padilla Rojas, haciéndole saber que se le multaba con la cantidad de 50 colones por haber desobedecido las órdenes de la Dirección General de Policía, haciendo desfilar una manifestación anti-imperialista la tarde del 31 de diciembre anterior.

El Señor Padilla Roja, en vista de la pena que se le ha impuesto, presentó esa misma mañana apelación a la Gobernación del Departamento y recurso de amparo constitucional a la Corte Suprema de Justicia, pues él considera que los estudiantes han obrado dentro de las normas de la más estricta legalidad apoyados en los preceptos de la Carta Fundamental”2.

La nota es significativa, involucra a la Universidad y a estudiantes antes de la matanza de 1932.

Días después otros estudiantes fueron acusados de comunistas: Agustín Farabundo Martí, Mario Zapata y Alfonso Luna,  en sus esbozos biográficos indican que son estudiantes de Derecho de la Universidad de El Salvador3.

La Universidad es mencionada por Alfonso Luna el día de su fusilamiento:  Diario Latino 1 de febrero de 1932 “La universidad es una fábrica de hombres mediocres y sin conciencia” dijo A. Luna antes de morir.

“Luna y Zapata comulgaron devotamente, pero Martí se negó a recibir auxilios cristianos, diciendo que no creía en eso.

“Agustín Farabundo Martí, Mario Zapata y Alfonso Luna a las siete y un cuarto, en esta capital, fueron ejecutados en el solar situado al costado Norte del Cementerio General, al margen de la cuarta calle poniente”4.

Estas breves referencias nos ayudan a visualizar la decisión del Gobierno del General Martínez para intervenir la Universidad de El Salvador.

Diario Patria 3 de febrero de 1932. Gobierno suspende la autonomía universitaria 

Los estudiantes no continuarán en su propaganda política y anti-social

Poder Ejecutivo. Secretaría de instrucción pública.

Considerando: que es un deber imperativo del Estado regularizar la vida y actividades universitarias dentro de los límites marcados por la Constitución de la República y por los dictados de la Moral que se ajusten al modo de ser social y político del pueblo salvadoreño.

Considerando: Que la función universitaria fundamental estriba en crear la Ciencia, hacerla progresar, difundirla y aplicarla de tal modo que de ello derive para la nación el mayor beneficio posible, tanto en el orden material como en el intelectual y moral.

Considerando: Que para logra tales fines es absolutamente necesidad impedir por todos los medios legales posibles que el Instituto Universitario se convierta en un foco de propaganda política y anti-social que tienda a quebrantar los fundamentos de la nación salvadoreña y comprometa su vida misma.

DECRETA: Art. 1° – Suspender temporalmente en sus efectos el Decreto promulgado por el Poder Ejecutivo con fecha 23 de mayo de 1927, exceptuando en lo que se refiere a los aspectos técnicos y económico (Art 9. 4° del Decreto vigente) y proceder inmediatamente a la reorganización del referido Centro de Cultura sobre bases de mayor eficiencia disciplinaria, colocándolo para tal efecto bajo la jurisdicción del Ministerio de Instrucción Pública. Art. 2° – El presente decreto tendrá fuerza de ley desde el día de su publicación en el “Diario Oficial”. Dado en el Palacio Nacional: San Salvador, a los dos días del mes de febrero de mil novecientos treinta y dos. Maximiliano H. Martínez

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1.  https://www.diariocolatino.com/reeleccion-y-deposito-de-gobierno-argumento-del-martinato/

2. https://www.diariocolatino.com/los-controles-del-autoritarismo-1932/

3.  https://www.diariocolatino.com/1932-ejecucion-de-marti-luna-y-zapata/

4.  https://www.diariocolatino.com/1932-ejecucion-de-marti-luna-y-zapata/

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