Joaquín Salazar
@JoakinSalazar
José Ángel Pérez -asesor legal de la Presidencia de la República- manifestó que la resolución de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sobre la controversia por el Decreto Legislativo 661, no se ajustará a la realidad, ya que dicha normativa fue hecha en junio, cuando la crisis por la pandemia era menor a la que vive el país actualmente. “Al resolver esa controversia el problema es que ya hay un desajuste de tiempos y fases de reapertura económica, además de la misma evolución de la pandemia, porque el decreto 661 es de junio, cuando todavía no se había entrado a una fase crítica”, explico Pérez, a través de un comunicado de prensa de la Presidencia.
El escrito agrega que “los tiempos del proceso y el artículo 138 de la Constitución de la República, la Sala tiene 15 días, luego de dar audiencia a ambas partes, por lo que la resolución sobre la controversia podría ser hasta el 16 de septiembre, algo que para efectos pragmáticos no se ajustaría a la realidad que se vive sobre la pandemia de COVID-19”.
Para junio, el promedio diario de casos confirmados por COVID-19 eran de 120. Solo el 12 de junio fecha en que se aprobó la normativa era 122 casos. Mientras que a la fecha el promedio ya supera los 340 casos y ha llegado hasta más de 400 diarios.
A escala nacional, el país registra 21,993 casos confirmados, de los cuales 11,155 son activos, 584 personas fallecidas y 10,254 personas que recuperaron su salud.
El 12 de junio pasado, la Asamblea Legislativa aprobó el Decreto 661, que contienen la “Ley Especial de Emergencia por la Pandemia por COVID-19, Atención Integral de la Vida, la Salud y Reapertura de la Economía”.
El decreto 661 contempla un estado de emergencia nacional durante 15 días, la posibilidad de extender el período de cuarentena al no aplanar la curva, plantea los tipos de cuarentena y aislamiento, así como las personas sujetas a este confinamiento.
De igual manera, controles de transparencia en el uso de fondos públicos y que el Ministerio de Educación tenga la potestad para decretar, junto al Ministerio de Salud una posible reanudación de actividades del sistema escolar nacional.
“Al emitir el Decreto Legislativo 661, no se tomó en cuenta los criterios sanitarios, que son responsabilidad del órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud: eso es usurpación de funciones, un claro argumento de inconstitucionalidad en el que enfatizó el Presidente Bukele cuando hizo su veto”, explicó el asesor legal de la presidencia.
De acuerdo a los tiempos, la Sala de lo Constitucional tiene hasta mediados de septiembre para resolver la controversia entre ambos órganos de Estado, por lo que a juicio del Gobierno esta decisión no estará acorde a la realidad que enfrenta el país por COVID-19.