Joaquín Salazar
@JoakinSalazar
“No podemos desvirtuar el presunto hallazgo sin saber cuál es el presunto hallazgo”, sostuvo el ministro de hacienda, Alejandro Zelaya, quien este viernes junto al viceministro de Hacienda Jerson Posada, presentó un aviso penal a la Fiscalía General de la República (FGR) en el que denunció al presidente de la Corte de Cuentas de la República, Roberto Anzora, por haber revelado información de auditorías que se encuentran en proceso.
Zelaya asegura que, tras ocho días de espera de la notificación de auditoría de la Corte de Cuentas de la República esta no ha llegado, por lo que se desconoce cuál es la supuesta auditoría revelada por Anzora.
El titular de Hacienda manifestó que el magistrado presidente aseveró que el Gobierno tiene fondos para pagar el FODES, lo cual “es mentira”.
“Sale a dar declaraciones afectando el prestigio del Ministerio de Hacienda, yo siempre lo he dicho, de mi hablen lo que quieran, no tengo problemas para eso saldré a desmentir las veces que sea necesario. Pero en el Ministerio de Hacienda trabaja gente muy prestigiosa, no se vale que por estar en periodo electoral se esté jugando con la carrera contra estos buenos profesionales”, dijo.
Zelaya recriminó que Roberto Anzora no haya notificado aún a Hacienda sobre los hallazgos y que contrario a ello se hayan revelado a través de medios de comunicación. “Hay algo que se llama código de ética y que lo obliga a él a ciertos principios, es que debe respetar esos secretos profesionales, es parte de la normativa de la Corte de Cuentas de la República”, añadió Zelaya.
El titular de Ministerio de Hacienda detalló que, al divulgar esa información, el magistrado del ente contralor violentó el Código de Ética, las normas de auditoría gubernamental y el artículo 324 del Código Penal.
También, Zelaya destacó que Anzora adelantó criterio sobre el informe de auditoría que se está realizando en Hacienda, por lo que podría imputársele el delito de “Revelación de hechos o documentos secretos por empleado oficial”, establecido en el artículo 324 del Código penal que puede ser penado con una condena de cuatro a seis años de prisión.