Alessia Genovés
Colaboradora
@DiarioCoLatino
El Ministerio de Hacienda recibirá hasta $100 millones de dólares, para dar cobertura en atención social a los hogares efectuados por el impacto de eventos adversos, incluyendo aquellos afectados por el cambio climático. Los fondos tienen origen tras la suscripción de un contrato de préstamo emitido por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y Hacienda, según lo establece el Dictamen Favorable 305, que fue aprobado con 67 votos a favor en la Asamblea Legislativa, al cierre de la Sesión Plenaria No. 142.
Los fondos, por otra parte, serán parte del financiamiento que recibirá específicamente Hacienda en el Programa para la Protección Social Responsiva a Choques en El Salvador”. El referido proyecto, no obstante, ha sido apenas aprobado en la fecha del 20 de septiembre de 2023, y cuya etapa se encuentra en implementación, no obstante, los detalles de su cobertura financiera no estaban definidos hasta la emisión del Dictamen No. 305, y del respectivo informe en el portal oficial del BID, con fecha del 5 de febrero de 2024.
El proyecto que comenzó a gestionarse en 2023 establece que la ejecución del programa se desarrolla a través de un “sistema integrado de protección social responsivo a choques, la entrega de transferencias monetarias ™ temporales y el fortalecimiento de la oferta de Desarrollo Infantil Temprano (DIT)” para los hogares que beneficia. El BID, por otra parte, comparte la referencia cifrada del mismo, con el número serial ES-L1159, cuyo propósito se describe con el “alivio de la pobreza”.
¿Qué condiciones establece el préstamo?
El préstamo otorgado por el BID a Hacienda establece un plazo de pago de hasta 25 años, tanscurridos a partir de la fecha de suscripción del contrato prestatario. En ese sentido, se pagará 66 meses contados a partir de la fecha de vigencia del contrato prestatario; y que, además, las cuotas se pagarán semestralmente de forma consecutiva y en lo posible iguales hasta la cancelación del préstamo.
También establece, el referido dictamen, que los pagos se realizarán “a través de la Tasa de Referencia más el margen aplicable para préstamos de Capital Ordinario, con opción de conversión a una tasa de alquiler fija o cualquier otra opción disponible”, todo ello, de acuerdo al artículo 1.
Además, establee que los pagos se harán semestralmente, comenzando con los 6 meses contados entrado en vigencia el contrato, Y que, además, será el BID el que establezca periódicamente el porcentaje de l comisión, con base al Capital Ordinario, que que ésta exceda en un 0.75% al año, que comenzará a aplicarse tras los 60 días transcurridos de la suscripción del contrato.
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