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La Defensoría del Consumidor por medio del Tribunal Sancionador multó a Hugo Technologies, S.A. de C.V., dueña de la plataforma digital HUGO App, por cobros indebidos durante la cuarentena del COVID-19. Foto Diario Co Latino/Cortesía

“HUGO App” es multada por cobros indebidos a consumidores

Ronald Castillo
@DiarioCoLatino

Por medio del Tribunal Sancionador, la Defensoría del Consumidor multó a Hugo Technologies, S.A. de C.V., dueña de la plataforma digital HUGO App, por cobros indebidos durante la cuarentena del COVID-19, al momento de brindar servicios como alimentos, transporte, medicamentos, entre otros.

La sanción fue generada por las múltiples quejas recibidas por consumidores de la plataforma digital, el Tribunal, a través de la resolución 548-2020, estableció que la app aumentó el costo del servicio de sus compras con tarjeta de crédito, además de cobrar recargos identificados como “booking fee” o “cargo por reserva” por el mantenimiento de la misma. Se detalló que dicha conducta ocasionó daños directos a la economía de los consumidores, por lo cual, se aplicó una multa de $20,379, equivalente a 67 salarios mínimos mensuales. Los artículos 35, literal D y 40, literal d de la Ley de Protección al Consumidor establecen que en ningún momento se elevará el precio de un bien o servicio por compras con tarjeta de crédito, y al incumplirlo, será denominado como una falta grave.

Este caso fue denunciado ante dicho Tribunal en mayo del año pasado, por Ricardo Salazar, presidente de la Defensoría del Consumidor. En defensa de todos los consumidores, y tras agotarse el proceso, el Tribunal Sancionador determinó que Hugo App habría cometido una infracción al artículo 40, literal d, de la Ley del Sistema de Tarjetas de Crédito, al infringir sus obligaciones, entre ellas el no aumentar el precio del bien o servicio por compras con tarjeta de crédito, ni tampoco diferenciar estos bienes o servicios por compras en efectivo.

Durante el proceso, Salazar explicó ante el Tribunal que el cargo a la tarjeta de crédito estaba disfrazado como “booking fee”, en el que no se cobraba por pagos en efectivo. Detalló que, la plataforma digital, como el servicio de atención al cliente, forman una parte integral del giro comercial y de la logística imprescindible para atender pedidos y reclamos del consumidor, por lo tanto, los cargos no corresponden a un servicio adicional, sino a un beneficio particular de la misma proveedora.

El Tribunal Sancionador dio a Hugo Technologies, S.A de C.V., un máximo de diez días hábiles a partir de la notificación, para el pago de la multa en la tesorería del Ministerio de Hacienda, de lo contrario se confirma su ejecución forzosa ante la Fiscalía.

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