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IAIP abre procedimiento sancionatorio contra ocho magistrados de la CSJ

El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) admitió una denuncia interpuesta por ciudadanos en contra de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por no haber entregado los informes públicos emitidos por la Sección de Probidad por presunto enriquecimiento ilícito.

Joaquín Salazar
@JoakinSalazar

Decidió iniciar el procedimiento administrativo sancionador por la infracción” en contra de ocho magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por una infracción “Muy Grave”, al no haber acatado la orden de la institución que dictaminaba entregar los informes públicos de la sección de probidad, estableció el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).

El procedimiento sancionador será en contra de Doris Luz Rivas Galindo, Ovidio Bonilla Flores, Roberto Carlos Calderón, Oscar Alberto López, José Roberto Argueta, Elsy Dueñas Lovos, Dafne Yanira Sánchez y Alex Marroquín, quienes el pasado 8 de agosto decidieron no acatar la petición del instituto sobre la entrega de los informes de probidad.

La apertura de este procedimiento surge luego de que Jaime López y Sonia Hernández interpusieran una denuncia el 30 de julio pasado, quienes solicitan iniciar un procedimiento administrativo sancionador en contra de los magistrados de la CSJ. Además, piden que en caso de ser hallados responsables se les aplique la debida sanción.

La denuncia se basa en la infracción tipificada en el artículo 76, letra “C”, de la Ley de Acceso a La Información Pública que establece: “No proporcionar la información cuya entrega haya sido ordenada por el Instituto”.

Hasta este martes, el IAIP continuaba estudiando la posibilidad de apertura de este procedimiento sancionador. No obstante con esta denuncia el instituto dijo: “queremos recordar a la población que de conformidad con el artículo 150 de la Ley de Procedimiento Administrativo los ciudadanos y ciudadanas tienen la facultad de iniciar un procedimiento sancionatorio”. Por lo que admitió este 3 de septiembre la denuncia interpuesta por los ciudadanos.

La Corte en Pleno se amparó en la interpretación sistemática del  artículo 235 y 240 de la Constitución de la República.

Este lunes, Aldo Cader magistrado de la Sala de lo Constitucional explicó, la Corte en Pleno decidió no acatar la orden del IAIP. Y fue esta misma quien luego de no acatar la solicitud pasó esta decisión a la Sala de lo Constitucional para que emita pronunciamiento, por lo que iniciará el análisis del caso.

Cáder afirmó que era una situación atípica lo que está ocurriendo, ya que evaluarán la decisión enviada por la Corte en Pleno. “Seremos la última palabra en este tema”, afirmó.

Por su parte, el magistrado Leonardo Ramírez Murcia quien aunque no emitió pronunciamiento considera que hay que proteger las informaciones delicadas de los funcionarios, no solo para proteger a los que tengan indicios, sino también a los que no tienen indicios de presunto enriquecimiento ilícito.

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