Joaquín Salazar
@JoakinSalazar
Los magistrados de la Sala de lo Penal José Roberto Argueta Manzano y Juan Manuel Bolaños Sandoval fueron denunciados ante la Fiscalía General de la República (FGR) por el presunto cometimiento del delito de prevaricato, por negar la reapertura del Caso Jesuitas, atendiendo a la solicitud de los militares acusados.
La denuncia fue interpuesta por la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA) y el Instituto de Derechos Humanos de la UCA (IDHUCA), entidades que consideran que los magistrados “omitieron completamente, por negligencia o ignorancia inexcusable, cualquier referencia a la sentencia definitiva de la Sala de lo Inconstitucionalidad (44-2013 Ac), la que declaró inconstitucional la amnistía absoluta y como no prescritos los crímenes detallados en el Informe de la Comisión de la Verdad”.
El delito de prevaricato se encuentra contenido en el artículo 310 del Código Penal, que establece “el juez que, por negligencia o ignorancia inexcusable, dictare sentencia manifiestamente injusta, será sancionado con prisión de dos a cuatro años”.
En abril del 2018, el Juzgado Tercero de Paz ordenó reabrir el caso de la masacre de los sacerdotes jesuitas y dos colaboradoras. El Juez declaró “nulidad absoluta”, ante la resolución del año 2000 en la que se dictaba sobreseimiento definitivo a favor de expresidente de la República, Alfredo Félix Cristiani Burkard, así como a los miembros del Estado Mayor de la Fuerza Armada de El Salvador: René Emilio Ponce (fallecido), Juan Rafael Bustillo, Juan Orlando Zepeda, Inocente Orlando Montano, Francisco Elena Fuentes y Rafael Humberto Larios.
Dicha decisión, daba la oportunidad de procesar a los autores intelectuales, es decir, a quienes ordenaron la matanza de los sacerdotes jesuitas: Ignacio Ellacuría, Ignacio Martín Baró, Segundo Montes, Juan Ramón Moreno y Armando López, todos asesinados el 16 de noviembre de 1989, junto al sacerdote salvadoreño Joaquín López, Elba y Celina Ramos, ambas colaboradoras.
Sin embargo, tras apelaciones interpuestas por los abogados defensores, la Sala de lo Penal cierra el caso, sin tener en cuenta lo establecido por la Sala de lo Constitucional, sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía y la orden de procesar los casos de Lesa Humanidad.
“La sentencia de la Sala de lo Penal, en definitiva, es un verdadero atentado contra el Estado de Derecho y los Derechos Humanos en El Salvador, porque promueve la impunidad. Por tanto, es procedente exigirles a las demás instituciones públicas que, en el ejercicio de sus competencias, realicen todas las acciones necesarias para corregir y sancionar esta situación”, dijo la UCA a través de un comunicado.