RED PARA UN CONSTITUCIONALISMO DEMOCRÁTICO
I-Hace 100 años fue aprobada la primera efectiva ley de impuesto sobre la renta en El Salvador a propuesta del Presidente Carlos Meléndez, treat por medio de su ministro de Hacienda, find el Dr. Ramón García González. Don Carlos Meléndez fue una persona a quien no se le puede etiquetar –ni pálidamente siquiera- de ser un resentido social, de atizar la lucha de clase, porque era un rico terrateniente con fincas también en Guatemala, propietario de ingenios azucareros muy prósperos: El Ángel, La Cabaña, Chanmico, una fábrica de licores, planta de energía eléctrica para el servicio público, fábrica de hielo, un mercado y una fundición.
En la exposición de motivos de la propuesta para establecer el impuesto sobre la renta se exponía: “Quienquiera que estudie, aunque sea la ligera nuestro sistema de contribuciones habrá de notar que reposa en un régimen de privilegio, que no se halla en armonía con el principio democrático que prescribe nuestro Código Fundamental”. Admitía el Presidente que se tenía un régimen de privilegio, que “se ha sostenido recargando de modo exorbitante las contribuciones indirectas”, lo cual quedaba evidenciado en las Memorias de Hacienda y Crédito Público de 1913 y de 1914. Ese régimen de privilegio era inconstitucional lo decía ese capitalista de gran fortuna, porque –utilicemos sus palabras- “no es justo, ni equitativo ni moral, que los gastos del Estado sean cubiertos casi exclusivamente por los que menos poseen o no poseen nada. La justicia más elemental exige, que cada ciudadano haga sacrificios en beneficio del estado, en proporción a los medios de fortuna que posee”
Años antes, en 1899, el General Tomás Regalado sancionó la Ley de Sucesiones, expresándose que “la justicia y la equidad demanda que los impuestos pesen principalmente sobre las clases acomodadas de la sociedad”. Tampoco Regalado podría ser catalogado como un resentido social, que estaba a favor de ideas socializantes promotoras de la lucha de clases. La cúpula empresarial de ANEP, los excomulgaría si ahora hubieran pronunciado esas palabras y promovido la aprobación de las leyes, que luego tuvieron vigencia, siendo ellos, unos de los principales afectados por el imperio de esos textos legales, según expresión del mismo Presidente Meléndez.
II -Dejando historia tributaria de finales del siglo XIX y principios del siglo XX, -muy importante por cierto- vamos a cuestiones tributarias más cercanas, dada la posición de Arena ante proyectos impositivos. Tengamos presente que gobernó de 1989 a 2009, por eso todo lo siguiente que mencionemos es por su gestión.
1) En 1992 se aprobó el aumento del IVA del 10 al 13% ¿eso no fue una puñalada al pueblo? 2) Se derogó el impuesto al patrimonio inmobiliario. Actualmente en América, solamente El Salvador y Cuba no tienen ese impuesto. La derogatoria en nuestro país fue para favorecer al gran capital, diferente a las razones que tienen los cubanos. Con seguridad, la deuda pública fuera menor, si el Estado contara con esos ingresos. La derogación fue con un criterio distinto al de Tomás Regalado y Carlos Meléndez. 3)En 2000 se aprobó Fovial como una contribución especial, aunque el Presidente de la República de ese entonces dijo “este pequeño impuesto” descartando derogarlo en 2005, autorizando en 2007 que Fovial adquiriera préstamos. 3) En 2004 se aprobó Fosalud. Más carga tributaria, esto independiente si es o no beneficioso. 4) En 2005 se aprobó una contribución especial en la Ley de Turismo. 5) se aprobó un impuesto sobre las llamadas telefónicas provenientes del exterior. 6) En diciembre 1991 se aprobó una nueva ley de impuesto sobre la renta disminuyendo la tarifa aplicable a los que más ingresos tuvieren con relación a la ley anterior y aumentando la tarifa a los de menos ingresos también con relación a la tarifa anterior. 5) A finales de 2006 el Presidente de la República y a la vez del Coena anunció el proyecto de Foseguridad con el mismo esquema de Fovial y Fosalud. 6) el gobierno de Arena aumentó también un tributo sobre el galón de gasolina para subsidiar el transporte público, diciéndose que no era un impuesto sino un recargo. ¡bonita explicación!.
Es bueno recordar también que el Código Tributario aprobado por Arena, tuvo un primer proyecto tan mal elaborado por consultores extranjeros que se llevaron jugosos honorarios, que se le formularon 110 observaciones y tuvo que ser rehecho por salvadoreños; que Eduardo Zablah, Secretario Técnico de la Presidencia en tiempos de Arena, dijo que el impuesto predial era un impuesto visto con buenos ojos por el Ejecutivo ¿y ahora?; que el equipo de trabajo de R. Ávila en su programa “País más justo”, incluía el impuesto predial, un impuesto selectivo a vehículos en función de los centímetros cúbicos y de otros bienes suntuarios ¿y ahora?; que el mismo Rodrigo Ávila propuso un impuesto a las llamadas telefónicas y, que Juan José Daboud –el hermano de Jorge Daboud, el Presidente de Anep- cuando era Ministro de Hacienda de Francisco Flores, hizo gran alarde del plan cero tolerancia en evasión “porque queremos poner al país al derecho”, lo cual no pasó de ser mera demagogia.
III -Nosotros estamos por los impuestos directos, porque grava más a los de mayores ingresos y de mayor patrimonio, sin embargo, a raíz del nuevo proyecto tributario presentado por el Presidente de la República por medio de su Ministro de Hacienda, consideramos pertinente traer a cuento la graciosa frase atribuida a Gladstone y que cita el Dr. Álvaro Magaña: “los impuestos directos e indirectos son 2 hermanas, una rubia y la otra morena, y un hábil Ministro de Finanzas debe saber cortejar a las 2 al mismo tiempo”. Ya en una forma seria Viti de Marco indicaba: “Es fácil demostrar la superioridad técnica de un sistema fiscal en que coexistan los impuestos directos con los indirectos y se integren funcionalmente complementándose entre sí”, evidenciado aún más decimos nosotros, con el destino y uso de los fondos percibidos.