José M. Tojeira
La Constitución de la república está construida teóricamente sobre la dignidad de la persona humana. Y la ley de amnistía de 1993 ofende gravemente la dignidad de una enorme cantidad de víctimas y familiares de las mismas. Sólo eso sería una razón para buscar la derogación de esa ley. Pero al fin la Sala de lo Constitucional ha dado una espléndida sentencia inspirándose precisamente en las obligaciones incumplidas del Estado Salvadoreño, a pesar de estar garantizadas por la Constitución y por Tratados Internacionales. Así mismo ha dicho algo que es de plena lógica. Que el tiempo de prescripción no corre cuando es imposible buscar justicia. A esa mujer ejemplar que fue Rufina Amaya, que denunció insistentemente y como testigo presencial la masacre del Mozote, la tildaron de loca, de testigo falso financiada por la izquierda internacional, etc. Y durante toda la guerra no se abrieron causas en que su testimonio fuera tenido en cuenta. En el caso jesuitas se impidió abrir un caso contra los intelectuales motivando la negativa en la vigencia de la ley de amnistía. Cuando al fin en base al art. 244 de la Constitución se reconoció que los crímenes de los jesuitas no estaban amnistiados, se aceptó abrir el caso. Pero la fiscalía no cumplió con su deber de investigar, sino simplemente pidió de una sola vez el sobreseimiento por amnistía y por prescripción. Aunque el sistema judicial reconoció que no estaban amnistiados, declaró la prescripción. Esos son los principios de aquella Corte corrupta. Primero le dicen a uno que no se puede juzgar a nadie porque hay amnistía. Y cuando pasan los diez años se dan cuenta de repente de que la amnistía no cubría el delito a nivel de funcionarios del ejecutivo, pero, ¡qué le vamos a hacer amigos!… ya pasaron diez años. Todo este sistema tramposo, mentiroso e injusto con las víctimas, ha sido tumbado por esta nueva sentencia de la Sala.
El Salvador tiene la honra de que el 21 de Diciembre de 2010 la Asamblea General de las Naciones unidas decidió por unanimidad y en honor a un salvadoreño, Mons. Romero, proclamar el 24 de marzo como “día internacional del derecho a la verdad en relación con violaciones graves de los derechos humanos y de la dignidad de las víctimas”. Sin embargo establecer judicialmente una verdad estaba vedado y prohibido en El Salvador por la ley de amnistía. La contradicción de las estructuras políticas, legales y judiciales, en clara confrontación y oposición a un sentimiento universal en favor de las víctimas es evidente. Cuando se nos dice que nuestra legislación y nuestra soberanía no está sujeta a esas cosas”, en realidad lo que se afirma es que aquí no nos interesan los Derechos básicos de Humanidad si tocan personas o intereses vinculados al poder. Y por supuesto, entre los opositores a esta sentencia de la Corte se siguen manejando ese tipo de argumentos. Recorrer brevemente algunos de esos gritos tensos, o esas sesudas reflexiones es importante.
“Esa sentencia nos hace volver a la guerra”, dicen los más desbocados. Será que quienes lo dicen quieren más que razonar, amenazar. Tal vez ellos tienen ganas de matar a alguien. Porque las víctimas lo que piden es justicia, y eso no es ni guerra ni matar. Otros dicen que la sentencia va contra los acuerdos de paz. Craso error en el que cayó el Fiscal General anterior y a quien corrige la Sala. Como la misma sentencia dice, los acuerdos de paz estipulaban la necesidad de juzgar y castiga graves violaciones de derechos humanos como la mejor manera de vencer la impunidad. Incluso la ley de Reconciliación Nacional de 1992 estipulaba la necesidad de juzgar los crímenes atroces que fueran consignados en el informe de la Comisión de la Verdad. Fueron los nombres que aparecieron en ese informe los que hicieron que a toda velocidad se declarase la ley de amnistía. No hubo ninguna consideración moral para el cambio repentino. Sólo la magnitud de los nombres señalados. Entre las afirmaciones ridículas entra también la de reabrir las heridas. ¿Están seguros quienes eso dicen que las heridas se cierran con leyes? Deberían aspirar al premio Nóbel de medicina. En realidad lo que se pretende con esas frases es decir que se le abrirán heridas a los victimarios que están cómodos con la impunidad. Si ese es un principio jurídico, sobra todo el derecho penal.
El bien de la nación es otro de los argumentos en contra de la sentencia. En el voto disidente de Belarmino Jaime, al hablar de “motivaciones de conveniencia nacional” se dice que la amnistía se dio por “realidades imperantes en ese momento, con el objetivo de lograr una reconciliación nacional”, que trajeron consecuencias positivas. ¿Cómo sabe Belarmino Jaime que si se hubiera juzgado a las personas señaladas en el Informe de la Comisión de la Verdad la situación salvadoreña hubiera sido peor? Quienes hablaban entonces de conveniencia nacional eran quienes querían defender a toda costa a los victimarios. Las víctimas se sintieron defraudadas pero no recurrieron nunca a modos de protesta violenta a pesar de habérsele negado sus derechos. ¿Mantener impunes a violadores graves de Derechos Humanos es siempre una conveniencia nacional? ¿o sólo es así cuando los violadores son importantes, han tenido cargos públicos y mantienen poder y fuerza de armas? Mientras la conveniencia nacional sea proteger al más fuerte y darle una bofetada en la cara a las víctimas (eso fue la ley de amnistía), El Salvador difícilmente llegará al desarrollo. Porque el desarrollo implica moralidad y ética. Y en la ley de amnistía era muy difícil encontrarla.
La Sentencia de la Sala abre unas posibilidades de reconciliación mucho más reales que la ley de amnistía. Deja abierta como sugerencia la Justicia Transicional, elemento mucho más eficaz para sellar las heridas de una guerra fratricida. Desde el asesinato de nuestros hermanos jesuitas, la Compañía de Jesús mantuvo como consigna la frase “Verdad, Justicia, Perdón”. Es una gradación de procesos muy coherente con la Justicia Transicional. Incluso en 1992, antes de que se produjera el informe de la Comisión de la Verdad y fieles a nuestros principios, pedimos a la Asamblea Legislativa el indulto del coronel Benavides y del teniente Mendoza. Reclamamos al mismo tiempo que se avanzara en esas mismas tres palabras en lo que respectaba a los autores intelectuales del crimen. La Asamblea de aquel entonces, vía su Presidente, de apellido Angulo, miembro del partido ARENA, rechazó nuestra petición de indulto. Si las cosas se hubieran hecho bien ni estarían ahora detenidos los soldados absueltos en caso de 1991, ni escondidos otros militares de los reclamados por el juez español Velasco. Ni estaría tampoco la Corte perdiendo el tiempo en discusiones sobre si los extraditan o no. Aprovechar la sentencia para comenzar a redactar una nueva ley que pueda dar escucha a las víctimas y responda a su hambre de verdad y justicia, es el mejor camino para el perdón y la reconciliación.