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La Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES) afirmó que el incremento a la pensión mínima sin base legal ni técnica, es un acto populista, ya que otorgar dicho incremento será un cambio permanente, sin fuente de financiamiento propio ni para el presente ni para el futuro.
FUSADES indicó que para la aprobación del incremento a la pensión mínima, tampoco se siguió el proceso instaurado en la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP), que tiene como objetivo que este tipo de decisiones sea sostenible.
“En adición, dado el contexto preelectoral y la insostenibilidad de la medida, se induce que es una acción populista que brinda beneficios a corto plazo, pero implica el agotamiento de los recursos a largo plazo, o una reforma integral que elevará los costos a los afiliados”, dice FUSADES en su posición institucional.
Por lo que la Fundación instó a que la Corte de Cuentas de la República (CCR) y la Fiscalía General de la República (FGR) revisen los incumplimientos en los que se ha incurrido, particularmente en lo que respecta a la implementación de la Ley SAP y de la Ley de Responsabilidad Fiscal.
De igual forma, llamó a que ante el veto del Decreto Legislativo 803 y al dejar sin partida presupuestaria, se vigile que el aumento de la pensión mínima no se puede realizar, de manera acorde con la institucionalidad.
Para FUSADES también es importante que desde el Gobierno se asuma el desafío de generar las condiciones para la formalización de la economía, para superar la baja cobertura del sistema de pensiones. “La alta informalidad es estructural, y no puede ser modificada por decreto, sino que requiere de un esfuerzo sistemático de mediano plazo que involucre la formalización del trabajo en el mercado laboral”, argumenta en su posición institucional.
El 24 de diciembre de 2020, con la aprobación del Presupuesto General de la Nación, se incrementó la pensión mínima (PM) de vejez y de invalidez parcial en 46.5 % y 44.5 %, respectivamente. Con este incremento, dicho beneficio pasa de $207.60 a $304.10 el primero, y de $145.32 a $210, el segundo.
FUSADES indicó que en general, los beneficiados del aumento de la pensión mínima son aquellos que están cubiertos, de alguna manera, por el sistema formal de contribuciones. En El Salvador, solamente una de cuatro personas en edad de retiro tienen pensión, debido a que, en los años activos, cuando fue posible que laboraran en el mercado formal, la mayoría no realizaron cotizaciones. La medida no beneficia a aquellos adultos mayores en edad de retiro, que trabajaron en el mercado “informal”.
En su posición institucional, la Fundación argumenta que el aumento a la pensión mínima decretado en esta ocasión, presenta el mismo vicio que han mostrado los cambios anteriores referentes al sistema previsional, que rápidamente impactan el endeudamiento público.
Lo anterior se debe a que no incorporó una visión integral de ingresos y gastos que sea sostenible en el tiempo, que esté libre de pasivos ocultos que se crean cuando se establecen beneficios definidos que no tienen fuente de financiamiento asegurada, tales como la cotización o la rentabilidad que se genera de dicha cotización.