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Debido a que la pandemia del COVID-19 obliga a desarrollar las actividades guardando el distanciamiento físico y evitar la propagación del virus, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) inició este fin de semana la capacitación a integrantes de las Juntas Electorales Municipales (JEM), sobre sus funciones y tareas durante el proceso y evento electoral 2021, a través del aula virtual y sesiones por la plataforma Zoom.
El objetivo es instruir a los integrantes de las JEM mediante el desarrollo de contenidos y metodología con el uso de recursos audiovisuales, lo cual, se convierte en una oportunidad para dar un salto de calidad en la aplicación de las tecnologías de información en los procesos de capacitación y formación.
Las jornadas por Zoom se llevarán a cabo en dos sesiones para cada integrante durante los tres primeros fines de semana de diciembre en grupos de municipios, uno a las 9:00 de la mañana y otro a las 3:00 de la tarde.
A través del Aula Virtual se desarrollarán aspectos administrativos, información general sobre la organización electoral, funciones y tareas de los Organismos Electorales Temporales (OET), el proceso de votación y procedimiento de escrutinio preliminar de las Juntas Receptoras de Votos (JRV), a fin que la JEM pueda verificar el cumplimiento de los procedimientos establecidos y adquiera las habilidades para el llenado del acta general municipal.
También conocerán sobre la propaganda electoral, legislación en relación a delitos electorales, infracciones y sanciones, y ser garantes del derecho y facilidad para que ejerzan el sufragio las personas con discapacidad y sectores vulnerables. Para tener derecho a la certificación por parte del TSE, cada persona capacitada deberá haber dado lectura a todos los contenidos y los respectivos cuestionarios en el Aula Virtual.
Desmiente publicación
El TSE aclaró la publicación del 5 de diciembre, donde Diario El Salvador señala que el Tribunal censurará a los observadores durante las próximas elecciones del 28 de febrero de 2021, busca dañar la institucionalidad.
El organismo colegiado consideró que además de lesionar a la máxima autoridad electoral, lastima la democracia del país, y refleja ignorancia en el tema.
Enfatizó que el artículo 63 literal C, D y E del Código Electoral determina que el TSE es el único facultado para practicar el escrutinio preliminar y definitivo, declarar firme los resultados de la elección y divulgar por los medios oficiales de comunicación social los fines, procedimientos y formas del todo el proceso electoral
Asimismo, reiteró que el artículo 25 literal C del Reglamento de Observación establece al Tribunal como la máxima autoridad en materia electoral, con plena autonomía jurisdiccional, administrativa y financiera, lo cual errónea o maliciosamente publicó Diario El Salvador al indicar una supuesta censura a los observadores.