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Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron una disposición transitoria para que el ISSS atienda a empleados de empresas que no paguen cotizaciones. Foto Diario Co Latino/Archivo

ISSS deberá atender a empleados de empresas que por la emergencia no paguen cotizaciones

Yanuario Gómez
@DiarioCoLatino

La Asamblea Legislativa aprobó durante sesión plenaria ordinaria una disposición transitoria para que el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) brinde atención médica a trabajadores en condición de desempleo, suspensión de contrato de trabajo o cuyos patronos cayeran en mora del pago de planillas de cotización laboral.

Los legisladores consideraron que el decreto transitorio es pertinente, ya que a raíz de la emergencia nacional por el brote del COVID-19 y las disposiciones gubernamentales en torno al control de la pandemia han tenido consecuencias directas en la economía nacional en especial en lo que a la mediana, pequeña y micro empresa se refiere.

En visión de los legisladores, las afectaciones a la economía provocadas por el COVID-19 provocan que las empresas disminuyan sus ingresos mensuales y no puedan hacer frente a los pagos concernientes a las prestaciones laborales.

“Queremos apoyar a la población y que la emergencia no impacte en la salud de los salvadoreños, nos sentimos congraciados en saber que estas personas que van al seguro social por cualquier enfermedad tenga la garantía de que recibirán atención médica y medicamentos”, dijo Rina Argueta, diputada del FMLN.

Con la aprobación de esta iniciativa, los parlamentarios destacaron que se impedirá que, por la pérdida de los derechos laborales, los afectados acudan al sistema público de salud provocando un caos por la falta de capacidad del mismo para atenderlos.

La disposición transitoria aplica a cualquier cotizante que haya perdido su empleo 15 días antes de la aprobación del decreto de emergencia nacional, así como la Ley de Restricción Temporal de Derechos Constitucionales a raíz de la presencia en el país de la pandemia del COVID-19.

El ISSS también deberá atender con normalidad a trabajadores independientes que cotizan y que producto de la aplicación de las legislaciones antes mencionadas se atrasen en el pago de sus cotizaciones o no las efectúen, así como a desempleados con procesos pendientes por demandas laborales en los tribunales correspondientes.

Cabe mencionar que los fondos para la continuidad de atención en salud a empleados que adeuden cotizaciones correrá a cargo del Estado que deberá efectuar transferencias al presupuesto del ISSS.

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