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COFAPPES hace enérgico llamado a los jueces que tienen en sus manos el Caso ASOCAMBIO , a emitir sentencia con independencia judicial. Y reconocer la inocencia de los procesados. Foto Diario CoLatino/Archivo.

Jueces con pruebas irrebatibles de inocencia de imputados

Gloria Silvia Orellana
@DiarioCoLatino

Las pruebas periciales, auditorías, testimonios de funcionarios de trabajadores de las “Tiendas Penitenciarias” y de la Dirección de Centros Penales, son irrebatible que las personas procesadas en el Caso ASOCAMBIO, no son culpables de las acusaciones presentadas por la Fiscalía General de la República.

La imputación fiscal de los delitos de cohecho impropio, actos arbitrarios y falsedad material, por el supuesto desvío de fondos del programa Yo Cambio (ASOCAMBIO) quedó desvirtuada por los reiterados testimonios de trabajadores de las Tiendas Penitenciarias, que afirmaron que los imputados no tuvieron acceso a estos fondos.

Los defensores que representan al excomisionado de la Policía Nacional Civil y ex ministro de Seguridad, Mauricio Ramírez Landaverde, Ramón Roqué, y otros señalados de estos delitos, han dado cuenta en sus argumentaciones de descargo que ASOCAMBIO fue constituida legalmente para administrar estos fondos que los familiares de los privados de libertad ingresaban para que sus familiares pudieran realizar compras.

Sobre el cargo de “administración fraudulenta” el artículo 218 refiere que: “El que teniendo a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes ajenos, perjudicare a su titular alterando en sus cuentas los precios o condiciones de los contratos, suponiendo operaciones o gastos, aumentando los que hubiere hecho, ocultando o reteniendo valores o aplicándolos indebidamente, será sancionado con prisión de tres a cinco años”, delito que no se cometido.

Los jueces del Tribunal Quinto de Sentencia han contado con suficiente información y pruebas para “sentar criterio”, que estos fondos de las Tiendas Penitenciarias no son públicos, sino privados, y que no existió apropiación o desvío de fondos.

Sin embargo, la Fiscalía General de la República, que no ha podido aportar pruebas o sustentar los cargos que señalan de apropiación o desvíos de fondos, a última hora pretende imputarles el delito una “administración fraudulenta”, aunque toda la prueba testimonial, pericial y documental ha sido suficiente para establecer que los imputados son inocentes.

Los imputados no tuvieron acceso a estos fondos, por lo que los defensores que representan al excomisionado de la Policía Nacional Civil y ex ministro de Seguridad, Mauricio Ramírez Landaverde, Ramón Roque y otros han dado cuenta en sus argumentaciones de descargo que ASOCAMBIO fue constituida legalmente. Foto Diario Co Latino/Archivo.

COFAPPES exige absolución de imputados

En un pronunciamiento público COFAPPES señaló que en la audiencia realizada el 1 de octubre del presente año, ya se completó todo el desfile probatorio y la declaración de todos los acusados, así como los testigos, peritos, que se ofrecieron las prueba diferentes.

Los documentos e informes establecen que no hay en “absoluto ninguna prueba en contra de los procesados”, y que se concluyó que la constitución de la Asociación ASOCAMBIO fue un acto legal, que ordenó su operatividad y permitió la cobertura social (AFPS, ISSS), para los trabajadores al interior de estas Tiendas Penitenciarias, así como su contribución fiscal al Ministerio de Hacienda en el pago de impuestos.

“Fue un acto legal y los funcionarios que la integraron nunca existió desvío o apropiación de fondos de tiendas penitenciarias de la Dirección General de Centros Penales, durante la administración del gobierno del ex presidente Salvador Sánchez Cerén. Se constató en la vista pública que desde el inicio, se trató de persecución política contra los acusados”, alegó COFAPPES.

“En el cierre de la audiencia el 1 de octubre, los jueces que integran el Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador instruyeron a las partes a incluir en sus alegatos finales el posible cambio de tipificación del delito de Peculado a Administración Fraudulenta”, denunció COFAPPES.

COFAPPES agregó que esta posible modificación de la tipificación del delito, responde a la insostenibilidad de las imputaciones de la Fiscalía General de la República de probar los delitos contra los acusados.

“Cualquier pretensión de la Fiscalía, de condenar a los procesados, ante la abrumadora y contundencia de la prueba de descargo; solo advierte la posibilidad de una intención de salvar el caso y pretender con ello una sentencia condenatoria, aunque sea menor”, indicó.

 

“En vista de lo anterior, COFAPPES hace un enérgico llamado a los jueces que tienen en sus manos el presente caso a emitir una sentencia teniendo en consideración la prueba aportada en el proceso, con independencia y de acuerdo con la ley”, señala. “Alertamos a la opinión pública nacional e internacional estar pendientes y vigilantes de que en éste y otros casos, las instituciones públicas realicen su trabajo con sentido ético y justo”, puntualizó COFAPPES.

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