Alessia Genoves
Colaboradora
En sesión plenaria ordinaria N° 142, la Asamblea Legislativa aprobó con amplia mayoría la ratificación de la Convención de Viena sobre Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, así como la Convención sobre Seguridad Nuclear. Ambas propuestas fueron llevadas a pleno con dispensa de trámite, siendo la primera correspondiente a las Piezas de Correspondencia 1-A y 2-A.
Convención de Viena establece responsabilidad de explotadores ante accidentes
La Convención de Viena sobre Responsabilidad Civil por Daños Nucleares fue aprobada con 65 votos a favor. El objetivo de este tratado internacional, suscrito en 1963, es «fijar normas mínimas que ofrezcan una protección financiera contra los daños de determinadas aplicaciones pacíficas de seguridad nuclear», tal como se expresa en el resumen ejecutivo presentado por Cancillería.
El Salvador se compromete a establecer en su legislación que «el explotador de una instalación nuclear será objetivamente responsable de los daños nucleares causados», así lo dicta el Artículo II de dicho instrumento: «El explotador de una instalación nuclear será objetivamente responsable de todo daño nuclear causado por un accidente nuclear en su instalación nuclear o en que intervengan sustancias nucleares en ella».
La responsabilidad será absoluta para el titular de la licencia de operación nuclear, independientemente de que haya mediado culpa o negligencia de su parte. Asimismo, deberá limitar la responsabilidad del explotador a no menos de 5 millones de dólares por accidente nuclear, según lo prevé el Artículo V: «La responsabilidad del explotador por daños nucleares causados por cada accidente nuclear no será inferior a 5 millones de dólares de los Estados Unidos de América».
Esto implica que se deberá asegurar fondos rápidamente disponibles, ya sea a través de seguros privados o garantías públicas, que permitan compensar a las víctimas de un hipotético accidente atómico por al menos esa cantidad.
También regulará aspectos como el seguro obligatorio, la jurisdicción para casos que involucren daños en otros países, los plazos de prescripción en reclamos por siniestros nucleares y otros elementos relacionados con la responsabilidad civil derivada de este tipo de eventos.
Convención sobre Seguridad Nuclear apunta a prevenir accidentes
Por su parte, la Convención sobre Seguridad Nuclear obtuvo 62 votos a favor en su ratificación por parte del pleno legislativo. Este acuerdo, adoptado en 1994 en la sede del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), tiene el objetivo de «conseguir y mantener un alto grado de seguridad nuclear en todo el mundo», enuncia su preámbulo:
“Conseguir y mantener en todo el mundo un alto grado de seguridad nuclear mediante el acrecentamiento de medidas nacionales y la cooperación internacional, incluida, cuando proceda, la cooperación técnica relacionada con la seguridad”.
A diferencia del tratado anterior, éste se enfoca en los aspectos preventivos, es decir, en evitar que ocurran accidentes nucleares, en lugar de solo regular las responsabilidades posterior al hecho. La adhesión a este instrumento conlleva obligaciones para el Estado salvadoreño en cuanto al establecimiento de «defensas eficaces en las instalaciones nucleares contra los potenciales riesgos radiológicos a fin de proteger a las personas, a la sociedad y al medio ambiente».
Dentro de los compromisos principales derivados de este convenio se encuentran la creación de un «marco legislativo y reglamentario» sobre seguridad nuclear, un «Órgano Regulador» encargado de la materia y una «evaluación e inspección periódica» de las instalaciones atómicas por parte de esa entidad.