Redacción Nacionales
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reiteró que la habilitación de la reelección presidencial indefinida es contraria a los principios de una democracia representativa, por ende, a las obligaciones establecidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
Asimismo, La CIDH enfatizó que la prohibición de la reelección indefinida es compatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y la Carta Democrática Interamericana.
Según la CIDH, la reelección presidencial no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ni por el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos.
El 7 de junio de 2021 la CIDH emitió la Opinión Consultiva OC-28/21 donde la figura de la reelección presidencial indefinida en Sistemas Presidenciales en el Contexto del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.