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La DOM incumple resolución de la Cámara Ambiental en caso El Mozote

Gloria Silvia Orellana
@Redacción CoLatino

“La Dirección de Obras Municipales (DOM) continúa trabajando sin hacer una consulta pública con los habitantes, pese a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que mandó que todos los proyectos que se hagan en El Mozote, sean consultados con las comunidades”, dijo Leonel Tobar , presidente de la Asociación Promotora de Derechos Humanos de El Mozote (APDHEM).

La denuncia de la APDHEM, Tutela Legal “Dra. María Julia Hernández” y la Unidad Ecológica Salvadoreña (UNES), sobre la construcción de una “planta de aguas residuales” en el caserío El Mozote, continúa en un tira y afloja jurídico sobre el respeto a la memoria de las víctimas de la masacre de 1981 y la preservación del medio ambiente en su territorio.

La masacre de El Mozote ocurrió en diciembre de 1981, liderado por el Batallón Atlacatl y otras guarniciones militares que quitaron la vida de niños, niñas, mujeres y adultos mayores de la población civil desarmada que en total fueron un millar de víctimas, en un operativo denominado “Tierra Arrasada”, que se considera uno de los Crímenes de Lesa Humanidad más violento de la historia contemporánea de América Latina.

“Las comunidades están recibiendo esos proyectos, pero sin consulta de las comunidades y de los familiares de las víctimas. La sentencia de la Corte IDH dispone que el Estado debe mantener un diálogo con las víctimas para establecer los proyectos, sin embargo, no hubo ninguna conversación y saben que esta obra va a generar contaminación ambiental”, agregó Tobar.

La denuncia sobre la planta de tratamiento fue interpuesta por APDHE, asociaciones comunales, ambientales y dueños de la propiedad ante el Juzgado Ambiental de San Miguel a inicios del año 2023, para que se aplicaran medidas cautelares (medidas de protección), ante el impacto que reviste por el uso de un sistema por gravedad con el que operaría dicha obra y que afectará los afluentes y ríos de las comunidades.

Alejandro Díaz, abogado de Tutela Legal MJH, dijo que la planta residual que construye la DOM en el caserío El Mozote no cuenta con un permiso ambiental, y tiene un alto impacto ambiental. Este tipo de infraestructuras tiene mayormente un “enfoque turístico”, más que resguardo de la Memoria Histórica, así como del medio ambiente de los sobrevivientes y las víctimas de la masacre, agregó.

“Hicimos las denuncias respectivas al tribunal, ya que se está haciendo esta obra en un lugar de reserva acuífera, y que la población utiliza para abastecimiento de consumo, entonces, esto va a generar impactos graves en la salud, porque en la zona hay pozos, afluentes y nacimientos, así como los ríos Torola y La Joya, lo que afectará lugares comunitarios”, explicó Díaz.

Asimismo, señaló que el Juzgado Ambiental de San Miguel, se declaró “incompetente” de conocer el caso, que según Díaz, esto le permitió al Estado salvadoreño, obtener permisos de las instituciones involucradas.

Pese a la denuncia fue presentada en julio 2023, el juzgado ambiental de San Miguel, realizó su inspección en el lugar hasta el 13 de octubre del 2023, en donde verificaron los lugares de nacimientos, afluentes y pozos y los daños que habría por el impacto ambiental de la planta de tratamiento.

“Nos sorprendió que el juzgado no notificó nada de esa inspección y el 11 de diciembre de 2023, da una resolución negando las medidas cautelares y las denuncias interpuestas. Sin argumentación ni fundamentación de su negativa y no tomó hechos importantes”, afirmó Díaz.

“Como organizaciones presentamos la denuncia que la planta de tratamiento violentaba los derechos de las víctimas por la posibilidad de que existan restos inhumados en la zona que deben ser exhumados. Y claro las afectaciones ambientales que se van a generar en las comunidades”, reiteró.

En cuanto a la sentencia de la Camará Ambiental de San Salvador, que anuló la resolución de denegatoria de medidas cautelares emitida por el Juzgado Ambiental de San Miguel, Alejandro Díaz expresó que el máximo tribunal ambiental conoció de la retardación innecesaria del proceso y la permisividad con las instituciones del Estado.

“Esta permisividad del Juzgado Ambiental se notó cuando permite al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), cambiar de forma sospechosa la categoría del impacto de la obra, calificándola de alto impacto a leve impacto en tan solo dos meses, con tal de otorgar el permiso ambiental de la planta de tratamiento”, sostuvo.

“Lamentamos que la audiencia ante la Cámara Ambiental, toda esa información del Juzgado Ambiental se haya ido agregando al caso porque a nosotros el Juzgado no nos compartió los informes de sus inspecciones, hubo una falta de información. Y la obra sigue avanzando sin que la detengan y eso violenta los derechos de la población”, agregó Díaz.

Con respecto al tema ambiental, Luis González, de la Unidad Ecológica Salvadoreña (UNES), afirmó que este tipo de situaciones que violentan los derechos de las comunidades a una vida saludable y digna, se debe a la “lógica extractivista y depredadora del medio ambiente” , que está aplicando el Estado salvadoreño.

“A este tipo de decisiones inconsultas se suma la negligencia en la aplicación de la ley en este caso y otros similares y la falta efectiva de un estudio de impacto ambiental que incluya una adecuada consulta pública para una gestión ambiental pero no existe. Ni tampoco medidas de acceso a justicia de haber un impacto ambiental grave”, alegó González.

A las “ausencias legales”, consideró González, se suma la falta de seguridad a las personas defensoras del medio ambiente, como líderes comunitarios que están trabajando por preservar los bienes naturales de sus territorios y que enfrentan la criminalización en el contexto del Estado de Excepción, que está a punto de cumplir 23 meses de vigencia.

“Los defensores ambientalistas están allí cuidando los bienes naturales que nos sirven a todos y todas. Y claramente, esa planta depuradora como otras están allí , sin monitoreo, y eso es una negligencia junto a esta lógica depredadora y mercantilista del Estado”, añadió.

“Si bien la planta depuradora no es que esté mal, el problema es que no siguen los pasos legales para edificarse. En su gran mayoría esas plantas no funcionan adecuadamente por falta de mantenimiento y monitoreo. Se conocen como plantas de paso, que lo que entró y debió ser tratado y depurado no se hizo y sale tal cual, contaminando el ecosistema”, advirtió González.

Ovido Mauricio, presidente de Tutela Legal “Dra. María Julia Hernández”, opinó que esa planta de agua residual como una obra de desarrollo está alejada de la realidad de las comunidades que viven de la agricultura.

“Si hablan de desarrollo para la zona, deben saber que hacen las personas allí para buscar las formas de sobrevivir . Y en esa zona la mayoría son agricultores y es lo que necesitan darle apoyo en este tema. Y no una planta de tratamiento de aguas, este lugar no es un sitio turístico, es un lugar sagrado y debe ser tratado respetuosamente”, expresó.

 

La Corte IDH señaló que las personas que fueron desplazadas, cuando fue la masacre de El Mozote, pudieran regresar y recuperar sus inmuebles, pero esto no está sucediendo, es todo lo contrario, puntualizó Mauricio.

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