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La Ley del Agua, una cuestión de vida o muerte

Juan Vicente Chopin

El Papa Francisco, refiriéndose al capitalismo salvaje, ha afirmado que  «el afán de poder y de tener no conoce límites. En este sistema ―dice el Papa― que tiende a fagocitarlo todo en orden a acrecentar beneficios, cualquier cosa que sea frágil, como el medio ambiente, queda indefensa ante los intereses del mercado divinizado, convertidos en regla absoluta» (Evangelii Gaudium, n. 56). En ese sentido habla de los cuatro «no» dirigidos contra el capitalismo salvaje: «No a una economía de la exclusión» (Ibídem, n. 53); «No a la nueva idolatría del dinero» (Ibídem, n. 55); «No a un dinero que gobierna en lugar de servir» (Ibídem, n. 57); «No a la inequidad que genera violencia» (Ibídem, n. 59).Tiene mucha razón el Pontífice ecologista cuando advierte que «los impactos ambientales podrían afectar a miles de millones de personas, pero es previsible que el control del agua por parte de grandes empresas mundiales se convierta en una de las principales fuentes de conflictos de este siglo» (Laudato Sì, n. 31). Los afectados son principalmente los más pobres (cfr. Ibídem, n. 29) y el conflicto se da entre los gobiernos nacionales y locales que administran el recurso, entre estos y las empresas que comercializan el vital líquido, entre las empresas mismas y por supuesto el impacto mayor recae en los sectores más desprotegidos de la sociedad. Por tanto, ha iniciado en El Salvador el debate por uno de los derechos humanos más importantes de la humanidad.

Los sectores sociales, desde hace mucho tiempo, han pedido que se apruebe una Ley del Agua y de la Soberanía Alimentaria. En este caso, la iniciativa la toma la derecha política salvadoreña (ARENA, GANA, PCN, PDC), presentando en la Asamblea Legislativa el documento denominado «Ley integral del Agua», un texto que consta de unas 84 páginas aproximadamente y cuyas propuestas principales ponemos de manifiesto a continuación.

El documento reconoce la necesidad de contar con una Ley del Agua (Apartado IV) y se afirma que se trata de un «bien nacional de uso público» (Capítulo 1, art. 4). El artículo 7 del capítulo II afirma el derecho humano al agua. En el mismo capítulo, artículo 8, literal «f» se refiere a la participación de toda la población en la gestión y uso del agua. En el literal «j» se dice que «el agua es un recurso cuya valoración debe supeditarse a los beneficios económicos, sociales, ambientales y culturales que de su uso y aprovechamiento se deriven».

Sin embargo, el texto provoca perplejidad en algunos puntos de la propuesta. En primer lugar se habla de crear una «Autoridad Hídrica, …como una institución de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de duración indefinida, con autonomía administrativa, técnica, financiera y presupuestaria para el ejercicio de las atribuciones y deberes que estipula la presente ley y otras leyes vigentes, teniendo competencia en todo el territorio de la República. La Autoridad Hídrica estará adscrita al Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales» (Título Segundo, Capítulo 1, Art. 10). La perplejidad inicia cuando constatamos cómo estará conformada la Junta Directiva de dicha institución: Presidencia (El presidente de la República). Dos directores electos por la Corporación de Municipalidades de la República de El Salvador por el voto favorable de las tres cuartas partes de los miembros. Dos directores electos por los miembros de la Asociación Nacional de la Empresa Privada ANEP, en una asamblea que para ese efecto convoque y presida el Ministro de Economía. El presidente y los directores de la Junta Directiva durarán en el cargo siete años, pudiendo ser reelectos por un período adicional.

Como se puede notar, en dicha Junta Directiva no están directamente representados los principales interesados en el tema, es decir, las mayorías populares del país; a ellos se refiere cuando se habla del régimen administrativo zonal y participación ciudadana, cuyas direcciones son nombradas por la Junta Directiva. La figura propuesta para que los usuarios puedan participar son los Comités Consultivos Zonales de Cuenca. Ya su nombre lo dice, son «consultivos» y no otra cosa. En este sentido, el texto de la Ley amerita un análisis más detallado.

En primer lugar, si el presidente de la Junta Directiva de la Autoridad Hídrica es el Presidente de la República, ¿quién contralará a esa persona en el caso que el presidente sea un miembro de la oligarquía salvadoreña dispuesto a favorecer los intereses de los grupos empresariales? ¿Y si la correlación de fuerzas en una votación favorece a dos miembros de COMURES que apoyen a esos grupos empresariales? Y de los dos representantes de la ANEP, ni la pregunta tiene lugar.

De tal manera que se excluye la representación en la Junta Directiva de los sectores sociales más desprotegidos, como diría el Papa Francisco, se les «descarta» a priori del ente rector. Por ello, hay que poner mucha atención a lo que nos dice el Papa en su Encíclica Laudato Sì, cuando afirma: «Mientras se deteriora constantemente la calidad del agua disponible, en algunos lugares avanza la tendencia a privatizar este recurso escaso, convertido en mercancía que se regula por las leyes del mercado. En realidad, el acceso al agua potable y segura es un derecho humano básico, fundamental y universal, porque determina la sobrevivencia de las personas, y por lo tanto es condición para el ejercicio de los demás derechos humanos. Este mundo tiene una grave deuda social con los pobres que no tienen acceso al agua potable, porque eso es negarles el derecho a la vida radicado en su dignidad inalienable» (n. 30).

Para un indígena, para un campesino o para un obrero el agua no es un «recurso» y mucho menos una «mercancía», para ellos es un elemento que la madre naturaleza les prodiga para la preservación de la vida.

En segundo lugar, la duración de siete años en los cargos directivos sería contraproducente en el caso que se comentan actos de corrupción por parte de la Junta Directiva, cosa que es muy común en la casta política salvadoreña.

De tal manera que estamos llamados a exigir una Ley que favorezca primordialmente a los más pobres y no al gobierno de turno o al grupo empresarial hegemónico. Y de ahí la necesidad de un claro pronunciamiento en contra de una Ley que no vaya en favor de los sectores marginados.

En ese pronunciamiento deben sumarse las principales fuerzas vivas de nuestro país, así como ya lo hizo el señor arzobispo contra la explotación de la minería metálica. Igual desempeño esperamos con respecto a la Ley del Agua. El nuevo cardenal puede jugar un papel protagónico en este punto, siguiendo los pasos de Monseñor Romero.

Pedimos coherencia también a los diputados y diputadas que presentan dicha Ley, puesto que de aprobarse con trámite abreviado y si su texto favorece a los grupos empresariales, oprimiendo más a los pobres, es el caso que renieguen de su fe católica y cristiana en general, porque de ello no tendrían muy poco. Por supuesto, el presidente de la República, al no ver claramente favorecidas a las clases populares, debe rechazar dicha Ley. La Ley debe ser revisada y avalada por los sectores sociales más pobres, porque a ellos interesa en primer plano. Está en juego la vida de miles de personas y ello debe llevarnos a una amplia movilización social y a una pertinente acción legal, para no ser sorprendidos por los ya tradicionales «madrugones» de los diputados corruptos o las sentencias de la Sala de lo Constitucional. En todo caso, nos queda la desobediencia social, a partir de lo que nos decía nuestro mártir siguiendo los cánones de la resistencia no violenta, es decir, que una ley injusta nadie está obligado a cumplirla.

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