Samuel Amaya
@SamuelAmaya98
El vicepresidente de la República, Félix Ulloa, dijo que la reelección inmediata de un presidente sí está prohibida por Constitución, pero un segundo mandato no lo es. Sin embargo, la Constitución de la República prohíbe que un presidente permanezca en el poder más de 5 años. Nayib Bukele, presidente electo para dirigir al país, desde junio 2019 a mayo de 2024, anunció su intención de correr por un periodo más al frente de la Presidencia de la República de El Salvador a partir de junio de 2024. Este anuncio lo hizo el 15 de septiembre de 2022.
“El presidente (Nayib Bukele) simplemente ha anunciado su deseo de presentarse para un segundo mandato; e insisto, se trata de un segundo mandato, porque hay una cierta confusión cuando se habla de la reelección inmediata, que está prohibida por la Constitución, y lo que es el segundo mandato, que sí está regulado por la Constitución”, dijo el vicemandatario en declaraciones a los medios este lunes durante la visita al Centro Urbano de Bienestar y Oportunidades (Cubo) en Valle Verde, Apopa.
Ulloa aseguró que aún el presidente Bukele no ha notificado la fecha en la que se separará del cargo para inscribirse a un partido político y dedicarse a su candidatura presidencial, ya que tiene que pasar “ciertos procesos previos”, como, por ejemplo, inscribirse a un partido político, participar en las elecciones internas de ese instituto político y si es electo, inscribirse en el tribunal.
“Ya cuando sea candidato oficial, inscrito por el Tribunal (Supremo Electoral), entonces decidirá él en qué momento se separa del cargo”, destacó Ulloa. Sobre esto, el artículo 156 de la Constitución de la República establece que “los cargos de presidente y de vicepresidente de la República y los de designados solamente son renunciables por causa grave debidamente comprobada, que calificará la Asamblea”. No hace referencia que puede renunciar por participar de nuevo en una elección popular.
El anuncio de Bukele se dio luego que la impuesta Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia abrió las puertas a la reelección presidencial en un periodo inmediato al que fue electo el funcionario contraviniendo todo los artículos de la Constitución que lo prohiben.