Página de inicio » Nacionales » La reforma es inconstitucional porque el artículo 248 Cn. “es pétreo”

La reforma es inconstitucional porque el artículo 248 Cn. “es pétreo”

Samuel Amaya
@SamuelAmaya98

“Los salvadoreños tenemos que indignarnos profundamente de la manera tan burda en la que el oficialismo está queriendo concentrar todo el poder posible. Básicamente los diputados salientes se están autorecetando poder para la próxima Asamblea Legislativa, que prácticamente son ellos mismos”, fueron las palabras de Claudia Ortiz, diputada de oposición, tras la “inconstitucional” reforma al artículo 248 de la Cn, que el oficialismo aprobó en su última sesión plenaria.

La enmienda, vía modificación de agenda y con dispensa de trámite, establece que en una sola legislatura se podrán aprobar y ratificar reformas a la Carta Magna. “La posibilidad que abrieron fue de cambiar la Constitución, la ley más importante que tenemos como país, en cualquier momento al antojo de ellos”, sintetizó Claudia Ortiz en una entrevista con Diario Co Latino.

Es decir, Nuevas Ideas tiene en sus manos los derechos constitucionales, el régimen económico de El Salvador, la forma en la que se realizan las elecciones, forma y procedimiento para elegir a funcionarios de segundo grado, entre otros; “en un madrugón, fácilmente lo pueden cambiar”, expresó la legisladora de oposición.

Según Ortiz, le han quitado al pueblo la posibilidad de pronunciarse frente a un eventual cambio de la Constitución; “en toda nuestra historia constitucional, siempre para que hubiese un cambio de Constitución existía algún mecanismo de validación del pueblo, una elección de por medio, por ejemplo, en el sentido de que se hacía mediante dos asambleas legislativas”.

La misma Constitución de la República establece que, para aprobar una reforma a la Constitución, deben pasar dos legislaturas. “Para que tuviese legitimidad una reforma como ésta, tenía que pasar por una consulta al pueblo que se hace mediante una elección. Si la gente hubiese sabido que se quería hacer una reforma constitucional o abrir esa posibilidad, entonces, hubiese hecho una campaña electoral en ese sentido”, comentó Ortiz.

Ortiz consideró que la reforma es inconstitucional porque el artículo 248 “es un artículo pétreo”, es decir, es un artículo que no puede ser cambiado por sí mismo, “o sea, establece la regla para reformar, pero no se puede usar en contra de él mismo, lo único que puede mover las normas pétreas es una Asamblea Constituyente”.

La diferencia de una Asamblea Constituyente y una Asamblea Legislativa es que la primera, puede crear desde cero una Constitución; mientras que la segunda, se dedica solo a legislar y hacer cumplir esas normas. “La Asamblea Constituyente está por encima de eso y debe ser delegado, ese poder máximo, por el pueblo para ese fin específico. En cambio, una Asamblea Legislativa, su límite es la misma Constitución no puede estar la Asamblea Legislativa pretender convertirse en poder constituyente”.

Para que una Asamblea Constituyente pueda trabajar, se debe ir a elecciones populares y que la población los elija para modificar la Constitución. “El pueblo sabe que va a elegir funcionarios que van a tener la máxima potestad de definir cuál es la configuración de un Estado”.

En cambio, para elegir una Asamblea Legislativa, “el pueblo sabe que va a elegir representantes para hacer leyes, pero que tienen límites en la misma Constitución. Una Asamblea Constituyente no tiene límite”.

La reforma aprobada, “no es nada más que una burda artimaña, una burda leguleyada para querer recetarse a ellos mismos más poder para la próxima legislatura”, concluyó la legisladora.

Ver también

Distorsión del caso contra Fidel Zavala ha generado difamación

Redacción YSUCA Caso Zavale En La Entrevista de radio YSUCA se abordó el caso de …