Salvador Arias
Sin duda alguna (y como un proceso confirmado desde que el FMLN comenzó a ser una amenaza electoral para el sistema de democracia burguesa), la tarea política fundamental de la burguesía oligárquica, el imperialismo y el partido ARENA, ha sido tratar de destruir políticamente al FMLN como representante de clase del proletariado y el campesinado pobre, o sea, de las mayorías populares. Tal objetivo de estos tres agentes económicos dominantes en el marco del Estado burgués, cuando llegó a la presidencia de la República el excomandante Salvador Sánchez Cerén (seudónimo de guerra Leonel González), se profundiza y deciden asfixiar al segundo Gobierno de este partido para que no haga ninguna reforma al esquema neoliberal, diseñado para que la burguesía oligárquica siga abusando del Estado y continúe su proceso abusivo y corrupto de enriquecimiento, también para desactivar en el pueblo cualquier esperanza de cambio que implica una transformación del Estado a través de construir un poder revolucionario popular; además de seguir utilizando los medios de comunicación de la burguesía para una guerra mediática ideológica de la derecha, que incluye hasta tomar un discurso que los haga verse como defensores del pueblo, cuando son la razón directa de la pobreza y la miseria que viven grandes sectores de la población.
Deciden hacer una guerra económica en el sentido de desestabilizar financieramente al Gobierno y obligarlo a seguir (y hasta profundizar) el neoliberalismo, en el sentido de tener que reducir los subsidios a la población y ponerle nuevos impuestos, incluso intentan provocar que el Gobierno, cosa que no han logrado, lance a la calle a 20 ó 30 mil empleados públicos; paralelamente a eso, no permiten un alza en los impuestos a los ricos, por considerarlo que eso sería un trato desigual, es más, ni dar a conocer quiénes son los adinerados que le roban los impuestos que por ley corresponden al Estado, robo que anualmente significa más de 2,000 millones de dólares. Esta guerra económica de la burguesía y el imperialismo, usando como instrumentos a la Sala de lo Constitucional y al partido ARENA, le ha costado al pueblo un estimado de US$1,952.6 millones, recursos que se le han sido bloqueados al Gobierno por diferentes vías.
En esa línea de trabajo de los poderes fácticos, la burguesía oligárquica y la embajada estadounidense han hecho que en los últimos años la Sala de lo Constitucional dicte diversas sentencias en firme o la simple admisión a trámite de algunas otras demandas; muchas de estas sentencias han ido orientadas a afectar al Gobierno, con el objetivo de bloquearlo económicamente. Esta Sala, dominada por los abogados José Belarmino Jaime, Florentín Meléndez Padilla, Edward Sidney Blanco y Rodolfo González Bonilla, ha sido cuestionada por diversos sectores de la sociedad en cuanto a que los fallos emitidos van en favor del partido ARENA y del sector oligárquico de este país, por lo cual, a continuación, se realiza un análisis de algunas de las sentencias efectuadas por dicha Sala que han ido con el objetivo mencionado, y con las cuales, buscando dañar la imagen del FMLN, han dañado económicamente al pueblo a partir de reducir los servicios públicos y los subsidios.
Entre las sentencias emitidas están las relacionadas al tema fiscal, que han sido orientadas a frenarle posibles fuentes de ingreso al Estado; una de ellas fue declarar ilegal el cobro del Fondo de Atención a las Víctimas de Accidentes de Tránsito (FONAT) en febrero del 2014, ya que consideraban que tenía vacíos técnicos y contradicciones que afectaban a las personas conductoras. La Sala señaló que los montos que cobraba el Viceministerio de Transporte no eran una contribución especial, sino un pago que iba en detrimento de la igualdad tributaria establecida en la Constitución; esto de la igualdad tributaria es una de las tantas hipocresías que contienen los argumentos de dicha Sala, dado que en el país la fiscalidad es totalmente regresiva, es decir, que es el pueblo quien paga la inmensa mayoría de los impuestos, mientras los ricos no pagan o pagan muy poco.
En menos de un mes la Sala de lo Constitucional vuelve a afectar las finanzas públicas, cuando en marzo del 2014 declara inconstitucional el cobro de US$0.04 por minuto en las llamadas telefónicas provenientes del exterior, que había sido aprobado en el año 2008. De acuerdo al fallo emitido, se establecía que este impuesto vulneraba el principio de capacidad económica como concreción de equidad tributaria, que se detalla en el artículo 131, No. 6, de la Constitución de la República; otra vez equidad tributaria, la misma falsedad.
Además, los magistrados alegaron que el impuesto significaba una doble tributación, pues el Estado cobraba el 13% del IVA por cada llamada y con este impuesto sería un doble tributo que se estaría pagando.
Otro golpe de las resoluciones de esta Sala en 2014 fue al sector Salud, cuando se declararon inconstitucionales las compras directas de medicamentos. En la sentencia 100-2014 declaró inconstitucional el artículo 72, literal “k”, de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), sobre las especificaciones técnicas para la contratación directa relacionada con la adquisición de medicamentos para Hospitales Nacionales y Establecimientos de Salud de Primer Nivel de Atención, que conforman la red del Ministerio de Salud. Defendiendo así a las grandes empresas transnacionales de medicamentos y a Cristiani, no dejando al MINSAL negociar mejores precios para tener más capacidad, dentro de sus escasos recursos, de proporcionarle más medicinas al pueblo.
Con dicha sentencia, los cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional se contradicen, según la ministra de Salud Violeta Menjivar1, ya que hay demandas en dicha Sala en las que se denuncia que no se les dan medicamentos a los pacientes y, por otro lado, restringen las finanzas públicas, y declaran inconstitucional la compra directa de medicamentos.
Otro golpe de la Sala fue en abril del 2015, cuando declara inconstitucional otro impuesto, esta vez el pago del 1% del impuesto sobre la renta, basado en los activos netos de empresas que tienen más de US$150,000 de ventas al año. Según la resolución, dicho impuesto vulneraba el principio de equidad tributaria.
La resolución reza “Declarase inconstitucional, de un modo general y obligatorio, el Art. 77 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, porque vulnera el principio de equidad tributaria en su manifestación de capacidad económica, en cuanto determina que el activo neto es la base imponible del pago mínimo del impuesto sobre la renta, sin que en el cálculo de aquel, exista la posibilidad de deducción de los costos y gastos necesarios para la producción de la renta y la conservación de su fuente”. Con esta sentencia la Sala nuevamente vuelve a afectar las finanzas del Estado y beneficia a los empresarios, de nuevo la hipocresía tributaria en favor de los ricos y en contra de las mayorías populares.
En julio de 2016, la Sala de lo Constitucional da un nuevo golpe al Gobierno en el ámbito económico, cuando se declaró inconstitucional el decreto legislativo por medio del cual la Asamblea Legislativa autorizó al Órgano Ejecutivo, en el ramo de Hacienda, para que emitiera títulos valores de crédito hasta por la cantidad de US$900 millones.
Según dicta el comunicado oficial, “La Sala estableció que la aprobación del mencionado decreto ha defraudado la exigencia establecida en el artículo 131, ordinal 4°, de la Constitución, relativa a la existencia de una causa justificada para llamar a un diputado suplente para que sustituya a un diputado propietario; y, por otra parte, ha transgredido directamente el contenido del Art. 148, inciso 2°, de la Constitución, referente a la aprobación de los compromisos contraídos por lo menos con los dos tercios de votos de los diputados electos”.
Según la Sala, la sustitución de la diputada Sandra Salgado por el diputado Guevara fue un “fraude a la Constitución”, pues con haber hecho el cambio de legisladores, a juicio de los magistrados, la Asamblea “removió el obstáculo” que impedía la aprobación del decreto.
La Sala concluye que, para aprobar el decreto sobre los US$900 millones, el pleno legislativo manipuló el cuórum, al utilizar la figura del diputado suplente para alcanzar indebidamente la mayoría necesaria para decidir.
Lo irónico es que en la elección de 4 magistrados de la Sala de lo Constitucional, participaron 13 diputados suplentes, de los cuales 7 estaban supliendo a diputados que no conformaban su fórmula electa, por lo que, si se sigue la lógica de la Sala en declarar inconstitucional la aprobación de decretos legislativos donde participen suplentes que no corresponden a su fórmula electa, los mismos funcionarios quedarían invalidados. Según el decreto publicado en el Diario Oficial, sobre la elección de los magistrados Belarmino Jaime, Sidney Blanco, Rodolfo González y Florentín Meléndez, el 16 de junio de 2009 la Asamblea Legislativa aprobó con 82 votos la elección de magistrados propietarios y suplentes de la CSJ2.
Queda claro el actuar de la Sala de lo Constitucional era para afectar las finanzas del Gobierno salvadoreño, siguiendo la misma línea del partido ARENA de bloquear el financiamiento a los programas sociales y al combate de la inseguridad, a fin de desestabilizar el Gobierno para poder volver a controlar el Ejecutivo. Una guerra económica contra el pueblo salvadoreño.
Además de las sentencias anteriores relacionadas con el tema económico, la Sala también ha emitido diversas sentencias referidas al tema electoral; en enero del 2014 emitió una donde prohíbe que los funcionarios públicos participen en campañas electorales de sus partidos. La Sala admitió demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo 181/2013, mediante el cual se permite la participación de los funcionarios públicos en actividades relacionadas con política partidaria, por la presunta vulneración al Art. 218 de la Constitución, el cual establece que “Los funcionarios y empleados públicos están al servicio del Estado y no de una fracción política determinada. No podrán prevalerse de sus cargos para hacer política partidista”.
Otras sentencias en este tema son las del voto por rostro y del voto cruzado, la despartidización del Tribunal Supremo Electoral y la eliminación de la figura constitucional del Diputado Suplente, muchas de las cuales han ido orientadas a beneficiar políticamente al partido ARENA.
Y por si esto no fuera suficiente, el 8 mayo recién pasado, dicha Sala decretó medida cautelar consistente en la habilitación libre de los carriles segregados para la circulación del Sistema Integrado de Transporte del Área Metropolitana de San Salvador (SITRAMSS), por lo que, dos días después de dicha sentencia, no debían existir restricciones en el desplazamiento vehicular en dicha área. Cabe señalar que el SITRAMSS es un proyecto beneficioso para la población, especialmente para quienes se movilizan en el transporte colectivo, en el cual las personas viajaban de una manera rápida y segura, pero que la Sala, en su afán de perjudicar al Gobierno y sus proyectos, no le importó afectar a quienes hacían uso de este servicio de transporte rápido y, sobre todo, que garantiza seguridad a las personas usuarias.
En esta ocasión el argumento fue la existencia de un interés público, en el que deben resguardarse simultáneamente los intereses de los demandantes y la Presidencia de la República. En este caso se encuentran involucrados bienes de uso público y están en juego varios derechos de la colectividad, tales como, la libre circulación y el disfrute de bienes de uso público; está de por medio el servicio de transporte colectivo de pasajeros y también se vincula con reglas constitucionales de actuación estatal en relación con las obras de uso público, así como otros deberes estatales vinculados con la prestación de servicios, con las contrataciones públicas y con la infraestructura de uso público.
En otra de las sentencias que realizó esta Sala, y que claramente están orientadas a bloquear económicamente al Gobierno, invalidó una reforma que la Asamblea Legislativa hizo a la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, para pasar de 45% a 50% la capacidad de préstamo al Ejecutivo para el pago de los Certificados de Inversión Provisional (CIP). Con esta reforma se buscaba que el Gobierno tenga más disponibilidad de los ahorros que administran las AFP para cubrir los compromisos de pago de pensiones de las personas jubiladas del sistema público.
Lo que significó que, con esta sentencia, el Ejecutivo no pudo utilizar cerca de US$500 millones para el pago de pensiones y que estaban próximos a vencer. Según el comunicado de la Sala, el incremento del 5% reducía los fondos disponibles por las AFP para obtener mayor rentabilidad en el mercado en beneficio de los pensionados, además, disminuía las condiciones de las pensiones futuras de los cotizantes y dificultaría sustancialmente el aseguramiento para los jubilados.
Dicha sentencia afectó a más de 175 mil personas jubiladas del sistema público, para el pago de sus pensiones, ya que la Sala de lo Constitucional dejó sin efecto las reformas hechas, no pudiendo hacer uso de esos US$500 millones. Quedó claro que las ganadoras con esta sentencia fueron las AFP, que siguieron administrando y recibiendo grandes ganancias, mientras que a quienes se perjudicó fue, como siempre, a las personas pensionadas.
Un día después de la sentencia que dejaba sin efecto la recién reforma al fondo de pensiones, la Sala estableció una nueva sentencia, tal y como se veía venir, en contra del presupuesto del año 2017; hecho que pone en evidencia cómo la Sala de lo Constitucional se ha convertido en el bufete de abogados del partido ARENA y del gran capital de este país, ya que todo aquello en lo que ARENA no está de acuerdo y se ratifica en la Asamblea Legislativa, rápidamente corre a dicha Sala con un prestanombres y esta les resuelve todos sus caprichos mezquinos, sin importarles si hunden financieramente al país, ni la afectación en las grandes mayorías.
Los argumentos son que dicho presupuesto vulnera los principios constitucionales de equilibrio presupuestario, así como de universalidad y unidad, establecidos en los artículos 226 y 227 de la Constitución, esto debido al desfinanciamiento del presupuesto, producto de la subestimación de los gastos previsibles e ineludibles, tales como el pago de la deuda previsional del Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP) y del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada (IPSFA), entre otros.
Más allá de los argumentos, está claro que lo que busca la Sala con este tipo de medidas es desestabilizar financieramente al Gobierno y no es más que un golpe suave que busca reinstalar a las fuerzas neoliberales y oligárquicas en el Gobierno.
En dicha resolución la Sala hace algunas recomendaciones, como la inhabilitación para realizar transferencias de recursos públicos a entes privados, además de suspender la creación de nuevas plazas, lo cual se traduce en un mayor desempleo y/o buscar una oportunidad laboral en el sector privado, que de sobra es conocido los salarios de hambre que ahí se pagan.
Además de restringir la contratación de servicios de salud privados, suprimir la compra de equipos y bienes suntuarios, queda evidenciada la doble moral de estos magistrados que, por un lado hablan de disminuir gastos, mientras ellos gozan de grandes beneficios, con cuantiosos seguros médicos y carros de lujo. Deberían dar el ejemplo y comenzar ellos por renunciar a todos esos beneficios, ya que la Corte Suprema de Justicia pasó de gastar US$2.2 millones en seguro médico en 2015, a US$6.1 millones en 2016.
Queda claro al servicio de quién están estos cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional, en los últimos han años le han bloqueado US$1,400 millones al Gobierno, primero con la emisión de US$900 millones, y luego con los US$500 millones que servirían para pagar pensiones. Y si a eso le sumamos los recursos que no se percibieron de los diversos impuestos que de igual manera fueron declarados inconstitucionales, la situación es más grave.
Pero si a esto le agregamos el boqueo económico en el Órgano Legislativo por parte del partido ARENA, al negársele aproximadamente US$552.6 millones en concepto de préstamos (recursos que se iban a destinar a diversos proyectos sociales, pero que han quedado estancados por la falta de voluntad política de ARENA de apoyar estos proyectos), se puede estimar en US$1,952.6 millones los recursos que le han sido bloqueados al Gobierno por diferentes vías.
1.http://verdaddigital.com/index.php/nacional/3007-sala-de-lo-constitucional-impide-a-minsal-comprar-medicamento
2. http://verdaddigital.com/index.php/politica/3078-con-13-diputados-suplentes-fueron-electos-magistrados-sala-de-lo-constitucional