Ing. Everardo Mejía Mejía
En estos días la Superintendencia General de Energía y Telecomunicaciones está trabajando en una normativa, viagra para ponerse a tono con el Consejo Nacional de Energía, capsule se trata del proyecto: “Norma para Usuarios finales Productores de energía eléctrica con Recursos Renovables” (1). Se trata de normar el funcionamiento de las plantas generadoras de electricidad, ed con fuentes naturales renovables, o sea, sin combustibles fósiles. La normativa fomentará las inversiones en plantas generadoras para autoconsumo, con fuentes de energía hidráulica, geotérmica, solar, eólica, biomasa, así como mediante el aprovechamiento de las olas, corrientes marinas y mareas. Todo enmarcado en la estrategia del Consejo Nacional de Energía (CNE), sobre la diversificación de la generación eléctrica del país, cuyas tácticas están muy bien delineadas y quedan únicamente entidades como la SIGET, que contribuyan con el marco legal, para que también las empresas distribuidoras transnacionales sean normadas y cumplan obligaciones mínimas.
En este maravilloso país a menudo ponemos la carreta adelante de los bueyes, como en este caso de los planes del CNE, que muy bien fomentan el uso de las energías renovables, pero las distribuidoras no reconocen el valor económico de la energía que los productores actualmente en operación, les inyectan a su red, como resultado de excedentes de generación, porque falta el marco normativo, que conmine a las distribuidoras a pagar esos excedentes de generación. Los productores de energía eléctrica a base de energías renovables, se conectan a la red de las distribuidora, mediante inversores conectados a red, sin usar baterías, consumiendo de la distribuidora la energía extra que necesitan para su proceso productivo o de consumo, la cual les falta, en adición a la energía que generan en su propia planta. Sin embargo a la fecha, la energía que inyectan a la red, es vendida por la distribuidora a otros usuarios y no reconocen el valor al productor, haciendo que las inversiones sean menos rentables y creen un desincentivo a estos proyectos de generación con energías renovables, que son de gran beneficio para la Pachamama o madre tierra. Lo grave de esta interrelación va más allá, en el sentido de enviar un mensaje subliminal, de que las transnacionales pueden apropiarse de lo ajeno, como una práctica normal, sin reparo en la ética y conductas correctas, que inciden en el daño a los procedimientos socialmente aceptados, porque percibimos individualmente, que esa manera de proceder es la normal, conforme a la globalización y la maximización de las utilidades. Quienes no proceden de esta manera están perdiendo negocios.
Los usuarios que invierten en la generación para autoconsumo, de una porción de sus necesidades de energía eléctrica, utilizando fuentes alternativas como la generación fotovoltaica, tienen que regalar a las distribuidoras, los excedentes generados, cuando no los consumen, tal como en horas tempranas, en los fines de semana o cuando disminuye su utilización.
En agosto del 2011, la SIGET causó asombro al desarrollar el primer y único Taller sobre los problemas de los usuarios con las distribuidoras, cuyas 106 recomendaciones duermen en el archivo de los documentos que no debieron existir. La entidad ha convocado en otras ocasiones a los gremios de profesionales de las ramas afines, para que les colaboren en el análisis de los proyectos de nuevas normativas y modificación de normas existentes, pero no han tomado en cuenta las observaciones que tienden a equiparar o favorecer al usuario, dando como resultado normas que solo favorecen a las distribuidoras y éstas incluso se apropian de mecanismos no contemplados en las normas, pero que favorecen sus intereses, lamentablemente con la venia de la SIGET.
En el borrador de la normativa en proyecto, se pueden observar muchas inconstitucionalidades, porque el tratamiento de los productores nacionales es de una manera coercitiva, de responsabilidades y obligaciones, mientras que el tratamiento de las distribuidoras transnacionales es sobre sus derechos y oportunidades. Para referirse a los usuarios de emplean verbos como: obligado a, debe demostrar, pagará a la distribuidora, solicitará. Mientras que para referirse a las distribuidoras se emplean verbos tales como: podrá requerir información, recibirá los documentos mediante el pago de, desconectará el servicio.
Los ingenieros de la SIGET, que tienen a su cargo la responsabilidad de terminar el borrador de la norma, son personas muy capacitadas, pero se les debe apoyar, tanto por parte de los gremios profesionales, como de los gremios industriales y de comerciantes, con el objetivo de lograr una norma que sea justa y para el bien de todos, evitando que la historia se repita, por ejemplo cuando formularon la Ley General de Electricidad y su Reglamento, que en el afán de dejar hacer, dejar pasar, dejarse manipular por el libre mercado, se obtuvieron leyes que en la actualidad son un atentado a la inversión. Debemos tener una norma que sirva de apoyo a nuevas inversiones en las energías renovables, en el sentido de incentivar, en vez de castigar esas iniciativas, porque al final de cuentas y para hablar claro, en energía se mueven volúmenes monetarios impresionantes, que pueden mover voluntades, para tomar un sesgo contrario al bienestar de la sociedad usuaria del servicio.
(1) http://www.siget.gob.sv/index.php/component/k2/item/1792-consulta-participativa-del-proyecto-de-norma-para-usuarios-finales-productores-de-energía-eléctrica-con-recursos-renovables