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El informe detalla que la deuda que la UES mantiene con el FUP ascendía a un monto de $11 millones 90 mil 743.65 dólares hasta diciembre de 2022. Ésto implicaría, un incumplimiento al Reglamento del Fondo de Protección.Foto Diario Co Latino/Cortesía.

La UES adeuda $11,09 millones al Fondo de Protección

Alessia Genoves
Colaboradora

La Universidad de El Salvador (UES) acumula una deuda de $11 millones 90 mil 743.65 dólares, que está pendiente de pago al Fondo Universitario de Protección (FUP). La deuda podría constituir una afectación directa a los empleados, que deberían gozar de las prestaciones laborales que aporta el FUP, sin embargo, a pesar de la deuda en su Balance General publicado en agosto de 2019, detalla un superávit inter-anual de $303 mil 809.21, y un saldo acumulado de $4 millones 902 mil 618.41.

El reciente “Informe Final del Examen Especial al Fondo Universitario de Protección del Personal de la Universidad de El Salvador, Correspondiente al período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2022”, enumera 27 observaciones, siendo algunas de ellas, a juicio de la presidencia, contrarias al Reglamento Interno y a las condiciones de financiamiento del FUP.

Deuda millonaria

El informe detalla que la deuda que la UES mantiene con el FUP ascendía a un monto de $11 millones 90 mil 743.65 dólares hasta diciembre de 2022. Ésto implicaría, un incumplimiento al Reglamento del Fondo de Protección, que persigue proporcionar “mejores condiciones al personal docente y administrativo”, según reza en el Considerando III de la normativa que dio vida al Fondo. La deuda acumulada representa el 1.5% que la UES debe aportar al FUP. En contraste, la aportación realizada por la UES en 2022, a través del Subsistema de Tesorería fue de $591 mil 849.05, que equivale a sólo el 5.3% de la deuda total.

El Fondo de Protección debe brindar prestaciones de salud gratuita y ayudas  económicas como despensa y gastos funerarios a los más de 3,329 empleados inscritos bajo la Ley de Salarios, el FUP requiere del 1.5% del monto de la planilla mensual desde la UES, y un 1% del salario de los trabajadores, según su reglamento interno (art. 61). Al parecer el aporte institucional lleva años de no pagarse puntualmente, en parte, debido a que la universidad tiene una asignación presupuestaria para el pago de esta prestación laboral”, afirmación que éste medio pudo constatar en la verificación de las Leyes del Presupuesto General de la Nación, del Ramo de la UES, de la última década, lo que afecta a los trabajadores al momento de su renuncia o jubilación.

Particularmente, el FUP proporcionaría los beneficios a través de la rentabilidad que generan los proyectos de inversión que realizan, conforme al Reglamento. El referido informe de auditoría enumera como logros los “préstamos, solución express, y Personal al 4.5%”; así como la garantía de prestaciones como “despensas efectivas, ferias de salud odontológica, optometría, fisioterápia, entregas de vitaminas”; así como “dispensas de cuotas de créditos”, “anotaciones en línea para créditos y entrega de “prestación por defunción”.

Pese a ello, los balances generales de la administración del FUP reportan superávit anuales constantes desde 1,995, cuando se elevó a los $7 mil 701.7 dólares. Hasta 2010 ya se reportó un repunto de $294 mil 664.05, e incrementó a los $319 mil 536.94 en 2013, pero no siendo mayor a los $396 mil 743.68 de 2017, ni a los $303 mil 809.21 del reporte semestral de 2019.

Para 2019, el superávit acumulado era de $4 millones 902 mil 618.41 dólares; y su patrimonio de  $23 millones 525 mil 15.36. Sin embargo, con ello también se acumula una millonaria deuda, entre la que se enumeran las Aportaciones por Cobrar de la UES, tanto manuales como por Ley de Salarios, por $10 millones 249 mil 211.49.

Auditoría frente a normas

El documento también sostiene que las compras realizadas por el FUP no se efectuaron a través de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional (UACI).

Sin embargo, la propia UACI, en una misiva emitida en noviembre de 2015, sostiene que los fondos de la FUP “provienen de las aportaciones de los Trabajadores Universitarios derivados del salario mensual que cada uno de ellos devenga, motivo por el cual no están sujetos a la legislación LACAP (art. 2 lit. a), b)).

Y, ante ésta circunstancia, la Corte de Cuentas de la República (CCR) desistió de selar el proceso UACI y recomendó a la FUP solicitar al Consejo Superior Universitario (CSU) -desde diciembre de 2015- la modificación de su reglamento interno “en lo referente a la adquisición de obras, bienes y servicios” y “proponer el procedimiento a ejecutar en las compras de su respectiva aprobación en las instancias correspondientes, tomando en cuenta las características del Fondo y la forma cómo este obtiene su financiamiento”.

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