Eduardo Badía Serra,
Director de la Academia Salvadoreña de la Lengua
El Gobierno español, por medio de su Vicepresidenta, ha solicitado a la Real Academia Española, un estudio sobre el uso del lenguaje inclusivo en la Carta Magna española. La Academia, para responder a tal encargo, ha establecido algunas precisiones iniciales. Las cito, retomándolas del informe que ha elaborado en relación al asunto:
En primer lugar, dice la Academia, ella redacta sus recomendaciones tomando como referencia el uso mayoritario de la comunidad hispanohablante en todo el mundo. La Academia debe preocuparse por el buen uso del español, y por ello, recomienda y también desestima opciones existentes en virtud de su prestigio o su desprestigio entre los hablantes escolarizados. No es tarea de la Academia, el impulsar, dirigir o frenar cambios lingüísticos de cualquier naturaleza. Reconoce la Academia que los cambios gramaticales o léxicos que han triunfado en la historia del español no han sido dirigidos desde instancias superiores, sino que han surgido espontáneamente entre los hablantes. Son, dice, estos últimos, los que promueven y adoptan innovaciones lingüísticas que sólo algunas veces alcanzan el éxito y se generalizan. La Academia es sólo un testigo de estos procesos de innovación, y los describe en sus publicaciones.
Pero, ¿Qué entiende la Real Academia Española de la Lengua por “lenguaje inclusivo”? Para ella, el término admite por lo menos dos interpretaciones: En primer término, el “lenguaje inclusivo” es aquel en el que las referencias expresas a las mujeres se llevan a cabo únicamente a través de palabras de género femenino. Desde este punto de vista, sería inclusiva la expresión “los españoles y las españolas”, y no lo sería entonces, en cambio, la expresión “los españoles”, aun cuando el contexto dejara suficientemente claro que este abarca también la referencia a las mujeres españolas. También se consideraría inclusiva, en esta misma interpretación del término, la estrategia de emplear sustantivos colectivos de personas, sean femeninos, (“la población española”), sean masculinos, (“el pueblo español”), así como la de usar términos nominales que abarquen en su designación a los dos sexos, como en “toda persona española” en lugar de “todo español”. En la segunda interpretación, la expresión “lenguaje inclusivo” se aplica también a los términos en masculino que incluyen claramente en su referencia a hombres y mujeres cuando el contexto deja suficientemente claro que ello es así, de acuerdo con la conciencia lingüística de los hispanohablantes y con la estructura gramatical y léxica de las lenguas románticas. Es lo que sucede, por ejemplo, en las expresiones como “el nivel de vida de los españoles”, o “todos los españoles son iguales ante la ley”.
En su informe, un informe de más de doscientas páginas, y que puede ser adquirido solicitándolo a la Academia Salvadoreña de la Lengua, o acceder a él, por supuesto, por medio de la página web de la Real Academia, se señala que la Constitución española de 1978 ha aceptado, de modo general, la segunda interpretación, considerando, dice, que “la utilización del masculino para referirse a hombres y mujeres, cuando el contexto deja claro ese alcance, se corresponde con el uso más extendido en todo el mundo hispanohablante. La cuestión es que la Academia entiende si esa redacción empleada hace cuarenta y un años, (a la fecha del informe), se corresponde con los usos lingüísticos generales en la actualidad, o si estos han sido desplazados por otros nuevos. Es bueno recordar que el Corpus del Español del Siglo XXI, (CORPES), al cual puede accederse por las mismas vías que ya he señalado, recoge actualmente trescientos millones de formas que reflejan el uso del español de los últimos diecinueve años a ambos lados del Atlántico. No es, pues, fácil, la labor.
El informe, de más de doscientas páginas, como ya he dicho, abarca su análisis haciendo referencia al uso del masculino inclusivo en la Constitución Española, (pronombres indefinidos; sustantivos masculinos de persona en plural; sustantivos de persona en singular; sustantivos de persona en expresiones nominales indefinidas; sustantivos de persona en expresiones nominales definidas). También abarca el análisis del lenguaje inclusivo en las Constituciones de otros países hispanohablantes o de lengua románica. Y finaliza haciendo una síntesis y llegando a once conclusiones. De estas, medularmente, recojo las que me parecen necesarias de exponer en esta corta columna: La Academia expone que la Vicepresidenta del Gobierno, en el texto que le dirige, afirma que “el lenguaje, como forma de expresión y comunicación, puede ayudar a construir una sociedad más respetuosa e inclusiva de todas las personas que conforman nuestra ciudadanía”. La Academia reconoce lo anterior; pero todo ello es por completo independiente de las diferencias convencionales entre las lenguas. “Tal como se ha recordado, – dice la Academia –, las situaciones de igualdad o desigualdad entre hombres y mujeres en determinados países, (europeos o no), son enteramente independientes de las opciones gramaticales que cada idioma elige en dichos territorios para codificar la interpretación inclusiva del género masculino.
Agrega la Academia que si bien los hablantes son los dueños de la lengua, y no las instituciones, sean estas políticas o culturales, precisamente porque ello es así, debe confiarse en la conciencia lingüística de los hispanohablantes para averiguar si en nuestra lengua son o no inclusivos los sustantivos masculinos de persona que aparecen en expresiones tales como “ella y yo somos amigos”, “los deberes de los funcionarios públicos”, “la casa de mis padres”, “los derechos del defendido”, o “Los españoles son iguales ante la ley”. Y sigue aquí la Academia con una afirmación que considero fuerte y definitiva en cuanto a este asunto: “Resultaría escasamente democrático sostener que los habitantes nativos desconocen si esos sustantivos son o no inclusivos -o, lo que sería aún peor, negarles la capacidad de determinarlo-, y entender que han de ser los poderes públicos quienes lo decidan, en virtud de su compromiso con la igualdad de hombres y mujeres en todos los ámbitos de la sociedad”. Y finaliza con una conclusión que considero muy importante y básica en la definición del problema. Finaliza la Academia diciendo: “Sean o no obras académicas, de los diccionarios, de las gramáticas y de cualquier estudio lingüístico que opte por abordar estas cuestiones cabe esperar el análisis detallado de los usos asentados en las diversas comunidades, así como de la variación que se produzca en ellos. Si se constatara que los usos lingüísticos actuales se modifican con el tiempo, y que los cambios consiguientes llegan a generalizarse, esas mismas obras deberían reflejar tales modificaciones, al igual que testimonian otros muchos cambios gramaticales y léxicos que han tenido lugar a lo largo de los tiempos”. Esto es, me parece, que manda el hablante, pero debo agregar, siempre y cuando la lengua siempre esté limpia, se fije, y adquiera y mantenga su esplendor.
Sería muy adecuado que este informe sea conocido, estudiado, criticado, por el pueblo hablante; particularmente, las Universidades tienen mucho que decir en torno al mismo; y sin duda alguno, nuestros Maestros. Como he dicho, quien desee obtenerlo, puede solicitarlo a la Academia Salvadoreña de la Lengua. Será satisfactorio recibir muchas solicitudes y entregarlo a la mayoría posible de personas. Es un informe muy detallado, profusamente ilustrado con casos específicos y muy importantes.
Debe estar conectado para enviar un comentario.