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La Policía Nacional Civil informa que han retenido al diputado de Alianza Republicana Nacionalista (ARENA), Alberto Romero, por el supuesto delito de resistencia agresiva, después de que insultara a agentes policiales. Debido a su fuero constitucional que goza por el cargo que ostenta, la institución lo pondrá a disposición de la Asamblea Legislativa.
El artículo 238 de la Constitución de la República establece que «los diputados no podrán ser juzgados por delitos graves que cometan desde el día de su elección hasta el fin del período para el que fueron elegidos, sin que la Asamblea Legislativa declare previamente que hay lugar a formación de causa. Por los delitos menos graves y faltas que cometan durante el mismo período no podrán ser detenidos o presos, ni llamados a declarar sino después de concluido el período de su elección». En este inciso de justifica el goce del fuero.
Sin embargo, en otro inciso del citado artículo dice que «si el presidente, vicepresidente de la República o un diputado fuere sorprendido en flagrante delito, desde el día de su elección hasta el fin del período para el que fueron elegidos, podrán ser detenidos por cualquier persona o autoridad, quien estará obligado a ponerlo inmediatamente a disposición de la Asamblea».
La PNC añadió qué la Asamblea Legislativa podrá arrestarlo hasta por 5 días.
La Fiscalía General de la República pidió un antejuicio y desafuero contra el diputado Alberto Romero por el supuesto cometimiento de delito de lavado de dinero y activos y enriquecimiento ilícito. La Asamblea Legislativa estudia si conformará una comisión especial de antejuicio.