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Según el ministro de Trabajo, Rolando Castro, en los avisos se presentan evidencia donde más de 100 mil trabajadores están siendo afectados porque no son enviadas las retenciones legales. Foto: Diario Co Latino / Cortesía.

Ministro de Trabajo presenta avisos por presunta apropiación de cuotas laborales

Redacción Nacionales
@DiarioCoLatino

El ministro de Trabajo, Rolando Castro, presentó avisos ante la Fiscalía General de la República (FGR) en contra de 2 mil empresas e instituciones que presuntamente se han apropiado de cuotas laborales. Según Castro, en el país hay más de 100 mil trabajadores afectados porque los empleadores no envían las retenciones legales, “este es un delito no solo administrativo sino de carácter penal”, dijo.

Los avisos se sustentaron, según Castro, con reportes del Instituto Salvadoreño del Seguro Sociales (ISSS), de las Administradoras de Fondos de Pensiones y de la Superintendencia del Sistema Financiero, para garantizar “pruebas fehacientes”. La apropiación o retención de cuotas laborales se regula en el artículo 245 del Código Penal, el cual establece que aquel que se apropie de las cuotas laborales de los trabajadores, su delito oscila entre los 4 y 8 años de prisión.

En los avisos que se presentaron se encuentran empresas de seguridad privada con más de 100 casos. Según Castro, en los avisos fueron empresas privadas y se sistematiza las instituciones públicas. Fueron alrededor de 2 mil empresas a las cuales el Ministerio de Trabajo señala de apropiarse cuotas laborales; los montos de estos avisos van desde los $1,500 hasta los $200 mil.

“Todo empleador que se apropie de cuotas laborales será demandado, no permitiremos que se vulneren los derechos de los trabajadores de ninguna forma”, destacó el ministro Castro en declaraciones a la prensa.

Con estos avisos, esperan que la FGR actué de forma oportuna “le presentamos la parte jurisdiccional el sustento legal, presentamos documentos oficiales, interinstitucionales y lo que queremos es que se actué de inmediato, porque cuando el trabajador ya prestó sus servicios, esa plata (comisión) ya no le corresponde al empleador ni al patrono, sino que al trabajador”.

A manera de ejemplo, planteó Castro, si un trabajador le corresponde jubilarse en este año, pero la empresa se quedó con el dinero desde hace 3 años, dicho trabajador no puede jubilarse, “esa persona tiene que trabajar 3 años porque sus patronos o empleador no pagó las cuotas laborales”.

“Desde el momento que se quedan de forma indebida este dinero, es una apropiación y constituye no solo una falta administrativa sino un delito de carácter penal”, concluyó Castro.

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