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El ministro de Obras Públicas, Romeo Rodríguez, habló sobre las reformas a la Ley de Tránsito, Código Penal y Procesal Penal, las que afirmó tienen constancia que el 20 de diciembre quedarían publicadas en el Diario Oficial.
“Todos los decretos que han pasado por la Asamblea Legislativa quedan registrados en el Diario Oficial, que emite una constancia con la fecha en la cual será publicado cada uno de los decretos. Nosotros recibimos, el mismo día en que se aprobó en la Asamblea Legislativa, la constancia de que ese 20 de diciembre quedaría publicado en el Diario Oficial”, manifestó Rodríguez.
El titular de Obras Públicas mencionó que si encuentran a una persona bajo los efectos del alcohol, es detenida por 3 días (72 horas), se le impone una infracción de $150.00 dólares y pierde la licencia por 12 meses la primera vez. La segunda vez, la pérdida de la licencia es de por vida.
Las reformas incluyen un incremento a las multas de tránsito: las multas leves ahora son de $50.00, las graves de $100.00 y las muy graves de $150.00, según el tipo de falta que se cometa.
“Desde que entró en vigencia la ley, hemos tenido una reducción en todos los indicadores de siniestralidad vial en el país. Todavía falta parte del proceso de control que implementaremos en las autopistas; estaremos incorporando la tecnología con las fotomultas”, agregó.
Una versión distinta dio el abogado constitucionalista Enrique Anaya, quien afirmó que las reformas a la Ley de Tránsito, implementadas antes del 29 de diciembre, son ilegales, ya que fueron publicadas en el Diario Oficial hasta el 28 de diciembre, y según el artículo 140 de la Constitución, una ley de carácter permanente entra en vigor ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.