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Ninguno de los diez institutos políticos señala en sus reglamentos electorales o estatutos el hacer público los criterios de evaluación aplicado a los aspirantes a candidatos, lo que no genera confianza. Foto Diario Co Latino/Archivo

Ningún partido publica los criterios de evaluación para seleccionar candidaturas

Alma Vilches
@AlmaCoLatino

El Centro de Monitoreo de Transparencia y Democracia de Acción Ciudadana dio a conocer los resultados del estudio sobre las regulaciones y criterios que fijan los partidos para la depuración de sus candidaturas a cargo de elección popular, donde se constató que ninguno de los diez institutos políticos señala en sus reglamentos electorales o estatutos el hacer público los criterios de evaluación aplicado a los aspirantes, lo que no genera confianza y certidumbre sobre el proceso en sí.

De acuerdo al estudio, es evidente la carencia de filtros en los partidos políticos al elegir a las personas más competentes para desempeñar un trabajo en la administración pública, de los diez partidos políticos solamente el FMLN y PDC externaron en sus reglamentos o estatutos aquellos aspectos considerados dentro de la evaluación de los aspirantes, como son la trayectoria, la honradez, el trabajo político, entre otros, como una forma de ponderación entre los perfiles de los postulantes, pero son exigencias demasiado genéricas que no se concretan en aspectos puntuales del comportamiento público o privado de quienes aspiran a una candidatura.

Asimismo, el informe determinó que ningún partido político exige a sus aspirantes la presentación de declaración de conflictos de interés, lo cual se vuelve preocupante porque esta deficiencia posibilita que grupos de interés promuevan sin ningún reparo a sus candidaturas, y de esa forma garantizar sus beneficios por medio de la gestión política de los partidos y sus funcionarios, lo que provocaría un ejercicio del cargo parcializado, desatendiéndose del bien común.

Una forma de verificar la moralidad notoria de las personas, es la presentación de constancias o solvencias de las instituciones públicas, donde se hace evidente que su proceder privado y público ha observado apego a las normas sociales de buen comportamiento, sin embargo, los datos mostraron que ningún partido político estipula en sus reglamentos electorales o estatutos que quienes buscan una candidatura deben presentar solvencia de la PNC, PGR y TEG.

Salvo la que estipula el artículo 37 literal “E” de la Ley de Partidos Políticos para efectos de inscripción, como la solvencia municipal, la solvencia del impuesto sobre la renta y la certificación o constancia que emita la Corte de Cuentas de la República.

Únicamente el partido VAMOS señaló en sus redes sociales que en el nuevo proceso de elección interna, requerirá a los postulantes una copia de sus antecedentes penales, así como la solvencia de la PNC. La falta de este tipo de documentación puede permitir que personas con antecedentes no muy recomendables, ingresen a formar parte de una planilla de candidatos.

A criterio de Acción Ciudadana es necesario que los partidos verifiquen la fuente de ingreso de los aspirantes, para asegurarse que el origen del patrimonio de las personas que presentarán al electorado es lícito, pero el estudio detalló que ningún partido político exige a sus aspirantes a candidaturas revelar la fuente de sus ingresos, creando un espacio que puede aprovechar el crimen organizado para acceder a la política vía el dinero, tanto del que financia las campañas como el que forma parte del patrimonio de las personas.

Una de las recomendaciones a los institutos políticos es formalizar en los reglamentos electorales un procedimiento de evaluación y depuración de candidaturas, pues la ausencia de ésta significa un riesgo grande para la institucionalidad de los partidos, además de constituirse en uno de los eslabones más débil del proceso electoral salvadoreño, posibilita que personas de dudosas credenciales entren a la política, buscando beneficios particulares que derivan en corrupción.

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