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Nueva carta a la jueza de Instrucción de Sensuntepeque: Es momento de rectificar

Por Leonel Herrera*

Señora jueza María Elizabeth Amaya Rivera:

Este miércoles 3 de abril, Usted tendrá la valiosa oportunidad de corregir un enorme error del sistema judicial salvadoreño y revertir una grave injusticia contra personas inocentes: en la audiencia preliminar del “Caso Santa Marta” podrá dejar en libertad a los líderes comunitarios y cerrar ese absurdo proceso penal.

Por justicia, por legalidad y por el bien del país, los defensores ambientales deben ser sobreseídos definitivamente para que puedan regresar a sus comunidades y a sus organizaciones a retomar sus labores de protección del agua, los ecosistemas y la vida, peligrosamente amenazadas por las macabras intenciones de reactivar proyectos mineros en Cabañas y en otros lugares de la zona norte.

Usted sabe las dos razones fundamentales por las cuales este caso debe cerrarse de inmediato. La primera es la falta de pruebas reales de la existencia de los delitos imputados y de la participación de los acusados en su cometimiento.

Según ha denunciado la defensa legal de los ambientalistas, la Fiscalía General de la República (FGR) presentó nuevamente el dictamen de acusación sin ningún elemento probatorio adicional y el requerimiento penal sigue basándose en las declaraciones contradictorias de un testigo protegido que primero dijo que presenció los hechos y después que le contaron lo sucedido.

El cadáver de la supuesta víctima no fue encontrado en la exhumación realizada a finales de junio del año pasado en el lugar indicado por el testigo de la Fiscalía. Esto significa que no hay cuerpo del delito y -al no existir otros elementos de pruebas que suplan tal ausencia- el caso no tiene elementos válidos para pasar a vista pública.

Que un caso tan carente de pruebas avance a fase de sentencia, sería un escándalo judicial y sentaría un precedente jurídico nefasto. Además, se confirmaría que no es un proceso penal auténtico, sino una manipulación de la justicia para perseguir al activismo ambiental, tal como han denunciado el movimiento social salvadoreño, cuatro relatorías y grupos de trabajo de Naciones Unidas, 17 congresistas de Estados Unidos y centenares de académicos, abogados, activistas y organizaciones de treinta países alrededor del mundo.

Y la segunda razón es que, además de la falta de pruebas, este caso no aplica en la caracterización de crimen de guerra y delito de lesa humanidad dado por la Fiscalía. Esto debido a que no responde a un patrón sistemático de ataque contra la población civil, como establece el Estatuto de Roma y demás instrumentos del derecho internacional referidos a violaciones graves de los derechos humanos.

Este caso (si existiera) sería improcedente por dos motivos. Uno es que, según el Código Penal de 1974 aplicado en este proceso, el supuesto asesinato prescribió a los diez años; y el otro se refiere a la exención de responsabilidad penal otorgada por la Ley de Reconciliación Nacional, aprobada el 23 de enero de 1992 y puesta nuevamente en vigencia por la Sentencia de Inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía emitida por la Sala de lo Constitucional el 13 de julio de 2016.

La caracterización forzada y equivocada de la Fiscalía busca, precisamente, evadir la prescripción y la exención de responsabilidad penal.

Sin embargo, más allá de este debate, el proceso judicial contra los activistas antimineros debe ser revertido porque no hay ninguna prueba real de los supuestos delitos y -mucho menos- de la participación de ellos en su cometimiento.

Este caso no debió ser admitido o los detenidos debieron ser sobreseídos definitivamente en la audiencia inicial. Sin embargo, Usted decretó prisión preventiva y los condenó anticipadamente encarcelándolos durante ocho meses, hasta que un tribunal superior otorgó arresto domiciliar.

La CIDH, la ONU y la Comunidad Internacional están mirando cómo el Estado salvadoreño, en vez de reconocer la labor de quienes salvaron al país del desastre nacional que habría provocado la minería, inventa una acusación penal para criminalizarlos y enjuiciarlos con el propósito de evitar que su activismo ambiental estropee las nuevas pretensiones de reactivar nocivos proyectos extractivos.

Ojalá que esta injusticia termine esta semana. La decisión está en manos de la jueza de Instrucción de Sensuntepeque, María Elizabeth Amaya Rivera.

*Periodista y activista  social.

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