Por Leonel Herrera*
Carta a los magistrados Santiago Alvarado Ponce y José María Zepeda, de la Cámara Penal de Cojutepeque.
Honorables magistrados:
Ustedes tienen en sus manos una valiosa segunda oportunidad para revertir el injusto proceso penal contra los líderes comunitarios de Santa Marta y cerrar este caso de persecución judicial contra el activismo ambiental, cuyo trasfondo político es la posible reactivación de la minería metálica en el país.
Para eso sólo tienen que apegarse a la legalidad y resolver favorablemente los recursos de apelación presentados por la defensa legal de los ambientalistas.
En noviembre de 2023 tuvieron la oportunidad de resolver y anular la absurda acusación contra los activistas antimineros, pero no lo hicieron. Ahora la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia les ha ordenado que resuelvan.
Así que ojalá esta vez ustedes sí tengan la entereza y el acierto de hacer valer los principios del debido proceso penal y el precepto de la cumplida justicia que tanto escasea actualmente en el país. En sus manos está la posibilidad de reivindicar a este sistema de justicia cooptado, sometido y manipulado por un gobierno que no respeta la independencia judicial.
El mundo tiene la mirada puesta en este caso y una decisión apegada a derecho podría demostrar que “todavía hay jueces en El Salvador”.
Este caso nunca debió haber iniciado, sobre todo por falta de pruebas reales. Según la defensa legal de los ambientalistas, la acusación está basada en el relato contradictorio de un sospechoso testigo protegido que en el requerimiento fiscal afirma que presenció los hechos y en la audiencia inicial -donde participó como anticipo de prueba- declaró que le contaron lo sucedido.
Tampoco se tiene el cadáver de la supuesta víctima, ya que no fue encontrado en el lugar donde el testigo en cuestión dijo que estaba; y no hay elementos de prueba adicionales que compensen la ausencia del cuerpo del delito.
El caso es jurídicamente inexistente. Sin embargo, aún si existiera, hay dos razones de nulidad planteadas en los recursos de apelación que ustedes resolverán: la prescripción y la exención de la acción penal.
La primera se refiere a que en el Código Penal de 1974, que se está aplicando en el caso, los homicidios prescriben a los diez años. Por tanto, si el supuesto asesinato sucedió en 1989, hace 35 años, ha prescrito tres veces.
Y la segunda se basa en la Ley de Reconciliación Nacional de 1992, la cual exonera de responsabilidad penal por delitos comunes a los ex miembros de las organizaciones insurgentes del conflicto armado que depusieron las armas y se incorporaron a la vida civil.
Esta normativa fue puesta nuevamente en vigencia por la Sala de lo Constitucional en julio de 2016 cuando derogó la ominosa Ley de Amnistía General.
Tanto la Ley de Reconciliación Nacional, como la Sentencia de Inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía, excluyen de esta exención penal a los delitos de lesa humanidad, los que aparecen en el Informe de la Comisión de la Verdad de las Naciones Unidas y los que sean iguales o peores a los consignados en dicho informe; y ninguno de éstos es el caso del supuesto asesinato atribuido a los líderes de Santa Marta.
Para saltarse ambas causales de nulidad, la Fiscalía insiste en que éste es un caso de lesa humanidad. Sin embargo, basta revisar dicha definición en el Estatuto de Roma y demás normativas del derecho internacional para constatar que el alegato fiscal está fuera de lugar.
Según la jurisprudencia de la Corte Penal Internacional, para ser de lesa humanidad un asesinato -en caso de existir- debe ser parte de una política sistemática de ataque a la población civil; y éste no es el caso montado por Fiscalía contra los defensores ambientales de Cabañas.
Finalmente, señores magistrados, si la Fiscalía quisiera hacer justicia contra quienes cometieron crímenes durante la guerra civil, estaría investigando a los responsables intelectuales y materiales de las horrendas masacres cometidas por agentes estatales contra la población civil de Santa Marta en 1980 y 1981. Pero no ha querido hacerlo durante más de 40 años.
Tienen la palabra los magistrados de la Cámara Penal de Cojutepeque.
*Periodista y activista social.