Redacción Nacionales
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Dictamen favorable fue lo que emitió la Comisión de la Mujer y la Igualdad de Género de la Asamblea Legislativa, para que se reformen los artículos 50 y 51 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia (LEIV) en el sentido de aumentar las penas de prisión a quien difundiere y compartiere material pornográfico. Asimismo, a quien distribuyere información personal que dañe el honor e intimidad de una mujer.
Sin embargo, a inicios de esta semana cobró gran relevancia estas propuestas de reformas, ya que Nuevas Ideas se basó en la LEIV original para presentar ellos nuevas propuestas, obviando las ya realizadas en 2019.
De hecho, varios medios de comunicación publicaron diversas notas periodísticas en que afirmaban que los oficialistas buscaban reducir las penas relacionadas a la difusión de pornografía, ya que actualmente se encuentra sancionado de 4 a 8 años, mientas que en la propuesta “errónea” de Nuevas Ideas buscaban reducirlas de 3 a 5 años.
La justificación que brindaron las diputadas del oficialismo fue que se trató de un “error técnico“ pero que fue corregido ayer mismo.
En el tema de difusión ilegal de información sin el consentimiento de una persona, se establece una pena de prisión de 3 a 5 años, en la actualidad, este delito está sancionado con 1 año de prisión, entre la reforma a este artículo 50 de la LEIV, se agrega que se entiende como difusión a las plataforma sociales, servicios de mensajerías, tecnologías de la información y comunicación. Es decir, las redes sociales también se consideran como difusión.
En cuanto a la reforma al artículo 51 que sanciona la difusión de pornografía, se ha propuesto una sanción de 5 a 10 años. Actualmente se sanciona de entre 4 a 8 años. La diputada presidenta de la Comisión de la Mujer, Alexia Rivas, comentó que “se ha hecho una armonización de conceptos tomando en cuenta la Ley de Delitos Informáticos y Conexos. También, la LEIV ya contempla las relaciones de confianza e intimidad que puedan hacer difusión de pornografía”.
“Además de aumentarse la pena en el artículo 51, estamos agregando un agravante de que cuando el material pornográfico se produjere u obtuviere aprovechándose de una relación sentimental la sanción será aumentada”, agregó Rivas.