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Ojo: el voto cruzado no es obligatorio

Lic. Antonio Velado

Ala ciudadanía salvadoreña ya no le cabe duda alguna de las aviesas intenciones de cuatro (4) de los magistrados de la Sala de lo Constitucional, view en muchos de sus fallos.

El último de estos, validando extemporáneamente el VOTO CRUZADO para las elecciones de diputados a realizarse en marzo de 2015. Ellos, los “4 magníficos”, emiten su resolución “ordenando” a los diputados que deben legislar sobre el tema a la brevedad posible, violando la independencia de los Órganos del Estado que establece claramente la Constitución de la República.

Pero lo peor es que abusivamente se dan el lujo de pretender legislar al manifestar en su resolución que, si los diputados no legislan para que su resolución entre en vigencia en 2015, “autorizan al votante para que emita su VOTO CRUZADO”. Puede advertirse la soberbia y prepotencia de cuatro de los magistrados.

Maliciosamente ignoran la autoridad constitucional del Tribunal Supremo Electoral en materia electoral; así como a la Asamblea Legislativa en materia de legislar. ¿Hacia dónde nos quieren llevar?

Pero la resolución da opciones al votante: 1) Votar por la bandera de su partido. 2) Votar por la planilla completa, según el número de diputados a elegir en el departamento o circunscripción. 3) Votar marcando la bandera de su partido y por uno solo de los candidatos. 4) Votar por sólo los candidatos que prefiera, marcando la cara de estos.

Las otras opciones son: 1) No marcar bandera alguna para optar al VOTO CRUZADO, o sea: votar por candidatos de los partidos en pugna. 2) De igual manera la resolución permite el VOTO CRUZADO para candidatos partidarios y no partidarios. 3) El ciudadano puede votar cruzado por dos o más no partidarios; pero sin marcar bandera alguna. 4) NO debe marcar dos banderas, el voto será anulado.

Se advierte claramente que lo que buscan los magistrados constitucionalistas es que el ciudadano pierda su identidad partidaria, so pretexto de “abrirle el abanico que le permite más opciones” Se olvidan que quien colabora, simpatiza, es afiliado o militante de un partido, jamás votará por candidatos de otro partido.

Asimismo, la resolución no es impositiva en el sentido que ésta es obligatoria en cuanto a que el ciudadano debe votar cruzado. Pero preocupa que en algunas agrupaciones de la “sociedad civil” se escuchan voces pidiendo a los diputados que “desaparezca el voto por bandera”. ¡Que ridiculez!

Ciudadano salvadoreño con derecho a votar, debes atender al momento de emitir el sufragio a tu conciencia ideológica-política. Debes estar claro que si votas por candidato de otro partido estas en contra de tus propios principios. Que no te sorprenda esta malhadada resolución de los constitucionalistas. ¡Vota por convicción!

Además los candidatos de otros partidos que no es el tuyo, para el caso los partidos de derecha, jamás estarán de tu lado. Esto tenlo en cuenta cuando tengas tus papeletas y el plumón para ejercer tu derecho a elegir. E-mail: [email protected]

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