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Oportunidad de justicia: vetar publicidad contra mujeres

Ernesto Deras
Docente universitario

El próximo 8 de marzo el juez del tribunal Segundo de Instrucción de Santa Tecla, determinará si ha habido violación o no a la Ley Especial Integral para una vida Libre de Violencia para la Mujeres LEIV, por pate de un publicista, quien difundió, mediante dos vallas, la imagen de la mujer que no solo constituye “un mensaje confuso y atentatorio en perjuicio de las mujeres”, en consideración del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer ISDEMU, sino atenta contra la Ley de protección a la mujer.

Este caso se constituye en la prueba de fuego para nuestro sistema judicial. El octavo día de marzo no es un día cualquiera en la rutina de los tribunales, también para el mismo sistema es: el día mundial de la defensa de los derechos de las mujeres.

Es una oportunidad para el sistema de justicia poder, a partir de este caso, prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra las mujeres. La difusión de imágenes, estereotipos y mensajes a través de cualquier medio de difusión, donde se atente contra las mujeres o que promuevan patrones socioculturales contra la dignidad de las mujeres o generen violencia hacia las mismas, debe ser condenado independientemente de la existencia o no de una Ley. (Art.. 8, literales g) y k) de la LEIV).

En el marco de la realidad jurídica salvadoreña, sí existe esa Ley, la cual, si es violentada, merece la intervención del ministerio público que administra justicia y que también vela por el cumplimiento de las normas establecidas. Ya la ONU advertía en el 2006 mediante el documento: Perfil de la violencia contra la mujer. De las palabras a los hechos publicado: “Cuando el Estado no exige responsabilidades a los perpetradores de la violencia, no sólo alienta la comisión de nuevos actos de esa índole, sino que da a entender que la violencia que ejerce el hombre contra la mujer es aceptable o normal”.

En esta línea y de forma precisa, el ISDEMU, (Art. 12, inciso primero de la LEIV) no solo detectó el incumplimiento de la Ley Especial Integral para una vida Libre de Violencia para la Mujeres al considerar que el anuncio “es una ofensa para todas las mujeres del país”, realizó la denuncia ante el respectivo juzgado, pues la Ley previene y prohíbe el uso de la imagen de la mujer como “un instrumento sexual”.

La violencia contra la mujer, en todos sus tipos, es condenable. La violencia simbólica, que nos ilustra Pierre Bourdieu, no es la excepción, se “utiliza para describir una relación social donde el “dominador” ejerce un modo de violencia indirecta y no físicamente directa en contra de los “dominados”, los cuales no la evidencian y/o son inconscientes de dichas prácticas en su contra, por lo cual son “cómplices de la dominación a la que están sometidos”. Paralelamente también lo aclara el Art. 9 Lit. g) de la LEIV.

En mayo de 2016, la Alcaldía de Santa Tecla ordenó retirar una valla ubicada en la carretera Panamericana en el carril que de San Salvador conduce a Santa Tecla, en las cercanías del redondel “El Trébol” por considerar que dicha publicidad  presenta “contenido en contra de la dignidad de la mujer”. En adición al retiro de la valla, esa comuna determinó una multa de aproximadamente $40,000, debido a la violación del Código municipal.

De acuerdo al Art. 6. De la LEIV “Son sujetos obligados para efectos de esta Ley, toda persona natural o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio salvadoreño”. El publicista demandado por el ISDEMU, no escapa a esta prevención. La valla publicitaria presentaba a una mujer semidesnuda con la frase: “Estoy disponible” y un número de teléfono.

Ese contenido que condenó la municipalidad de Santa Tecla por presentar un “contenido en contra de la dignidad de la mujer”, es el mismo que ha denunciado el ISDEMU. El mismo contenido donde el “dominador” ejerce un modo de violencia indirecta y no físicamente directa en contra de los “dominados”, como nos recuerda Bourdieu. El mismo contenido que lesiona el espíritu de la Ley aprobada por diputadas y diputados del congreso salvadoreño.

No es la primera vez que se denuncia y pide el retiro y sanción por este tipo de publicidad, el año anterior, el mismo Consejo Nacional de la Publicidad (CNP), ordenó a una compañía telefónica que retirara una campaña en radio, redes sociales y televisión, por considerar que el mensaje expuesto, violaba las leyes salvadoreñas, al igual que en el presente caso, denunciado por el ISDEMU.

Como reconoció en junio de 2015 la presidenta del Grupo de Mujeres Parlamentarias GPM, Marta Evelyn Batres y diputada de ARENA: “Hay temas que no son de ideologías, que no son banderas políticas y será con base a ellos que se trabajará en el Grupo Parlamentario de Mujeres”. Un año después, La diputada Batres, hizo ver a la vicepresidenta de Costa Rica, Ana Helena Chacón, que “algunas leyes que han sido implementadas en El Salvador y que buscan garantizar el respeto y cumplimiento de los derechos de las mujeres”.

Sin embargo, la “creatividad de chorlito” de los anuncios publicitarios de bebidas, electrodomésticos, vehículos, zapatos, etc. Irrespetan la misma, así como la imagen de la mujer y que ni los propios anunciantes condenan ese tipo de práctica ni las prohíben de manera definitiva, el mercado no es más importante que la persona, la mujer, menos. Llama la atención que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, máxime, si hoy por hoy, está liderada por una mujer, no se haya pronunciado en relación a este caso.

Con mucha razón, el Papa Francisco declaró en el 2016 que: “Es innegable el aporte de la mujer en todas las áreas del quehacer humano, empezando por la familia.  Pero con sólo reconocerlo… ¿Es suficiente?”. “Debemos condenar la violencia sexual que sufren las mujeres y eliminar los obstáculos que impiden su plena inserción en la vida social, política y económica”, ha sentenciado el pontífice.

El tribunal Segundo de Instrucción de Santa Tecla tiene la palabra. Este ocho de marzo, es una oportunidad no solo por hacer cumplir una Ley más, es una oportunidad sentar precedente a la industria publicitaria para prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra las mujeres. Y más aún, resarcir de manera profesional los derechos de las mujeres. La madre, la hermana y la hija, merecen respeto, por eso, se debe vetar publicidad contra mujeres.

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