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Representantes de organizaciones para el medio ambiente expresan sus valoraciones sobre el anteproyecto de Ley de Recursos Hídricos por parte del GOES. Foto Diario Co Latino/Fernando Sánchez

Organizaciones ambientalistas consideran ley del agua, mercantilista y favorecedora de grandes empresas

Alma Vilches
@AlmaCoLatino

Organizaciones ambientales de la sociedad civil calificaron de mercantilista y favorecedora de las grandes empresas, la Ley de Recursos Hídricos (LRH) presentada por el Ejecutivo a la Asamblea Legislativa, pues la propuesta asigna a las empresas una cantidad impresionable de manejo y utilización del agua.

Monseñor Elías Bolaños, representante de la Red Eclesial Ecológica Mesoamericana (REMAN), dijo que se debe humanizar la ley porque no está pensada en garantizar el agua como elemento necesario para la vida de los salvadoreños, sino está enfocada más en su distribución y organización. Al inicio se aborda el Derecho Humano al Agua, pero en el cuerpo de la ley falta ese sentido de verdadera atención a una necesidad básica de los salvadoreños, de la cual muchos tienen carencia.

Bolaños indicó que en la ley del Ejecutivo al no darle atención a la persona humana tampoco contempla la participación ciudadana, como en la propuesta presentada por las organizaciones hace diez años, donde el objetivo fue que todos se sintieran participes, la LRH se centraliza y no toma en consideración a las alcaldías, ADESCO y asociaciones de agua, que muchas veces son quienes se preocupan porque este elemento esté presente en los hogares.

“Detectamos una ley muy mercantilista y sobre todo que favorece especialmente a las personas con capital de invertir y surtir el agua, la participación y responsabilidad ciudadana están carentes en la ley, la gestión sustentable e integral de las aguas requiere la participación equitativa y el compromiso responsable de toda la población. Es una ley muy centralista, no favorece la participación y actuación de las comunidades quienes defienden sus fuentes de agua”, recalcó el religioso.

No se debe caer en el error de considerar que la participación ciudadana se limite exclusivamente a la participación en actividades de sensibilización sobre el uso manejo del agua para consumo humano, la preservación del medio ambiente y en generar una cultura de pago, las comunidades deben ser incluidas en las discusiones y toma de decisión como parte afectada o beneficiaria según sea el caso.

Eduardo Mira, de la Red Centroamericana por la Defensa de las Aguas Transfronterizas (RedCAT), expresó que a lo largo de la ley prevalece una visión economicista del agua, el cual se pone a disponibilidad de las empresas para que hagan uso del recurso a partir de sus diferentes necesidades, sea como insumo, materia prima e incluso mercancía. Aparece una contradicción entre el planteamiento y el desarrollo de la ley, por lo cual debe modificarse esa perspectiva, dejando claramente las prioridades del uso.

“Debe haber una perspectiva de sustentabilidad a largo plazo y eso no se materializa en la ley, incluso cuando se prevé que se harán esas autorizaciones del uso de agua para fines mercantil en esas grandes cantidades, lo cual da la impresión que no se está viendo en el mediano y largo plazo, sino en el corto plazo”, enfatizó.

Los volúmenes de agua considerados en el artículo 61 de la LRH para las autorizaciones de uso y aprovechamiento del agua no son congruentes con la situación hídrica del país, no establece techos máximos y el plazo por el cual se otorga la autorización es de 15 años prorrogables a la explotación superior a 473,040 metros cúbicos por año, limita hasta cinco años prorrogables las explotaciones inferiores a esta.

Las organizaciones ambientalistas pidieron conocer por parte de las autoridades promotoras de la propuesta, en base a qué estudios hidrogeológicos y socio ambientales se definió dicho volumen, ya que el caudal de explotación de un acuífero subterráneo o cuerpo superficial depende de una serie de variables dinámicas tanto sociales como ambientales, es decir, precipitaciones, clase de suelo, índices de infiltración, cobertura vegetal, variabilidad climática, entre otras.

Asimismo, detallaron que 473,040 metros cúbicos al año equivale a 473 millones de gaseosa de 1 litro; más de 25 millones de garrafas de agua purificada, es decir, un negocio que ronda los $60 millones por año, con el único límite que el autorizado pague el canon correspondiente, por ello es indispensable establecer en la ley que prioridad del agua potable es para el consumo humano.

Según Mira, en la ley hay una perspectiva de gestión integral de cuencas hidrográficas, pero no desarrolla los mecanismos de cómo abordarlas, además, se anula la participación de las comunidades que viven en dichas cuencas; consideró importante que la normativa establezca el nivel de participación ciudadana y la toma de decisiones en el manejo del recurso hídrico y sus elementos conexos.

“Deben desarrollarse procesos de consulta sobre aquellas actividades económicas que pueden lesionar la vida de las personas y afectar la biodiversidad, pero no consultas nominales, sino efectivas donde la población pueda decidir, que sus decisiones sean vinculantes, pero para esto debe quedar consignado en la propuesta de ley”, manifestó el representante de RedCAT.

Mientras tanto, Elmer Campos, miembro del Colectivo Socioambiental “Cuidemos la Casa de Todos”, consideró que la creación y conformación del ente rector del agua es débil, en la medida que sectorializa la gestión de los recursos hídricos a través de la agricultura, turismo, urbanismo, industria, uso doméstico, energía, entre otros, es decir, diferentes instituciones públicas tendrán carácter de reguladores.

Silverio Morales, representante de la Mesa de Cambio Climático de El Salvador (MCC), externó que como organizaciones y espacios sociales reafirmaron el compromiso de presentar propuestas constructivas y congruentes para atender la situación actual y futura, sobre el uso y aprovechamiento de los recursos hídricos para fortalecer el anteproyecto del Ejecutivo.

Morales señaló que no respaldarán alguna disposición legal o técnica que promueva o suponga la privatización y explotación infinita del agua potable y saneamiento, por sus efectos adversos en el medio ambiente y el desarrollo de las personas.

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