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Organizaciones sociales interpusieron ayer tarde una nueva demanda ante la Corte Suprema de Justicia contra la Ley de Telecomunicaciones que contiene, shop buy cialis a juicio de ellos, cheap una serie de inconstitucionalidades.
El escrito presentado señala específicamente inconstitucionalidad en el artículo 15, inciso segundo; y 126, inciso segundo referido a las concesiones de la mencionada normativa vigente.
Leonel Herrera, Director de la Asociación de Radios y Programas Participativos de El Salvador (ARPAS), cuestiona que las frecuencias están consideradas como un bien privado para negocio y no un bien común.
Al tener el carácter de bien privado permite que concesionarios puedan hacer negocios alquilando las frecuencias y lucrando, planteó el representante de ARPAS.
Representantes de estas organizaciones insisten en que es inconstitucionalidad la renovación de permisos de manera automática por periodos indefinidos, lo cual permite posesión de frecuencias en pocas manos.
“Eso en la práctica es la eternización de las concesiones, y eso es inconstitucional porque la Constitución de la República plantea el orden económico con justicia social, otro aspecto es que la ley no establece ninguna cantidad o limite de frecuencias por persona.
En consecuencia, estas disposiciones violan el artículo 6 de la Constitución de la República sobre la libertad de expresión y el artículo 110 de la Carta Magna sobre prácticas monopólicas y algunas disposiciones sobre el régimen de concesiones.
La demanda plantea, además, la inconstitucionalidad por omisión de la Ley de Telecomunicaciones al no reconocer la existencia de los medios públicos y medios comunitarios.
El Presidente de la Unidad Ecológica de El Salvador (UNES, otra entidad que está respaldando la demanda), Angel Ibarra, dijo que La Ley de Telecomunicaciones está vigente desde 1995 y están pidiendo la inconstitucionalidad de cuatro artículos.
Estos cuatro artículos hay que reformarlos porque “Han permitido la creación de una realidad ficticia, también es una estafa y un engaño al pueblo salvadoreño”, argumentó.
La primera demanda fue presentada contra el proceso de subasta pública como único proceso para poseer una frecuencia, de ahí que pidieron a la Sala de lo Constitucional resolver la demanda anterior y admitir la nueva demanda.
La petición fue presentada por el abogado Juan Carlos Sánchez, de la Fundación para El Estudio y la Aplicación del Derecho (FESPAD); Iniciativa Social Para la Democracia (ISP), Universidad Centroamérica (UCA), Asociación para la Capacitación e Investigación para la Salud Mental (ASISAM) e Instituto de la Mujer (IMU).