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En la plenaria legislativa se aprobaron las reformas propuestas por la Fiscalía General de la República. Foto Diario Co Latino/Ludwing Rosales

Órgano Legislativo endurece sanciones en códigos y leyes

@GloriaCoLatino

Las reformas penales que solicitaron la Fiscalía General de la República y el gobierno, no rx a la Asamblea Legislativa, para fortalecer la seguridad y el combate a la narco actividad en contra de grupos delictivos fueron aprobadas durante la plenaria.

Los dictámenes aprobados son el 15, 16 y 17,  favorables a la Comisión de Seguridad Pública y Combate a la Narcoactividad que fueron solicitados por la Fiscalía General de la República en la persecución de actos delictivos de grupos pandilleriles.

Las votaciones, respectivamente alcanzaron 83, 78 y 80 del plenario.
Estas reformas a los Códigos Penal, Procesal Penal y Ley Penal Juvenil, se suman a los  esfuerzos del gobierno del
Presidente de la República, Salvador Sánchez Cerén, a las autoridades de seguridad y sectores o agrupaciones políticas que han respaldado las medidas tomadas con el fin de disminuir la violencia en el país.

Este grupo de reformas tiene a la base fortalecer el reciente despliegue de las Fuerzas Especializadas de Reacción, junto a la Fiscalía General de la República.

Esto también generará correlación de esfuerzos, para articular la persecución del delito de manera sistemática y contundente que  permite al  gobierno un  mayor combate en el tema de las pandillas.
Los dictámenes se centran en el aumento de penas a infracciones que
cometan los grupos pandilleriles como el homicidio simple, que tendrá una sanción de 15 a 20 años. Mientras, la limitación ilegal a la libertad de circulación podría acarrearles condenas de 4 a 8 años, que
forman parte del accionar de las acciones delictivas de estos grupos.
En cuanto al allanamiento de morada o la  permanencia de personas contra la voluntad del propietario del inmueble serán sancionados con prisión 2 a 4 años y multas.
Similares penas de cárcel tendrían allanamientos de lugares de trabajo
o espacios públicos, para dedicarse a delinquir, este tipo de medidas va orientado a desestimular el accionar de las pandillas.
Las reformas abarcan la figura de la “inducción al abandono”, a la que se adjudica una sanción de 3 a 6 años de prisión a quienes se dediquen a animar a menores de 18 años de edad de abandonar su hogar o centro educativo.
Así también, la  receptación de objetos robados o  “conducción de mercadería de dudosa procedencia” serán acreedores a sentencias de 3 a 6 años de prisión, así como quienes compren este tipo de mercaderías.
En cuanto al fraude por el uso fraudulento (robo) de servicios
básicos como agua, energía eléctrica e internet, las personas implicadas  serán multados o sancionados con prisión de 3 a 6 años de prisión.
Los legisladores también aprobaron sanciones de 3 a 6 años de prisión
a grupos o personas que roben, hurten, desarmen o recepten  vehículos robados; así como la modificación de placas.
En cuanto a las agrupaciones ilícitas, los legisladores votaron por declarar ilegales todas aquellos grupos  de personas que estén unidos con la intención de delinquir. Reforzando  la figura de la ley de prescripción de las pandillas, así como organizaciones,  agrupaciones o asociaciones de naturaleza criminal, que tendrán sentencias de 3 a 5 años de encarcelamiento.
En cuanto a la figura de mediar, financiar o pertenecer a asociaciones ilícitas tendrán una sanción de 9 a 14 años de prisión, también para quienes recluten por medio de engaños  y obliguen a ingresar a estas estructuras delictivas a menores de edad utilizando la violencia,
intimidación o amenazas. Así como la utilización de menores para actos criminales, que será sancionados con prisión de 15 a 20 años.
En cuanto a las reformas a la Ley Especial contra Actos de Terrorismo definieron como “grupos terroristas” todos aquellos que se arroguen el ejercicio o potestad que solo pertenecen a la “soberanía de los Estados”, o los que afecten sistemáticamente los derechos fundamentales de la población.
Mientras, para el dictamen 17, establecieron reformas a la Ley Penal
Juvenil, que permitirá la detención de menores de edad, si es sorprendido en flagrancia o por una orden escrita del
Fiscal o  su caso el juez.
Además, se estableció que si el menor concurre en alguna de las circunstancias que establecen su privación de libertad, por orden judicial o del fiscal que se asigne a la investigación se resguardará
al menor y se le practicará un diagnóstico preliminar por especialistas, en las 72 horas siguientes.
Las reformas que consideró el pleno legislativo de “legales y pertinentes”, pretenden proporcionar  marcos jurídicos  en materia penal, al  regular las nuevas tipologías delictivas de estos grupos pandilleriles con su modificación y para garantizar a las autoridades un mejor ejercicio en la defensa de los derechos fundamentales de la población salvadoreña.

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