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Pleno legislativo aprueba que el delito de fraude electoral tenga una pena de prisión hasta los 20 años. Foto: Diario Co Latino / Cortesía.

Pena de prisión para el fraude electoral será hasta de 20 años

Samuel Amaya

@SamuelAmaya98

La Asamblea Legislativa reformó el Código Penal para elevar hasta 20 años de prisión el delito de fraude electoral, esto previo a las elecciones de 2024 donde se elegirá a diputados de la Asamblea Legislativa, Parlamento Centroamericano, Concejos Municipales y presidente de la República.

La ley fue aprobada con dispensa de trámite en la sesión plenaria número 91 de esta semana, el objetivo de la normativa, según los legisladores, es garantizarles a los salvadoreños que habitan dentro y fuera del país el libre derecho a ejercer su al voto para elegir a las autoridades de los órganos Ejecutivo, Legislativo y los Concejos Municipales.

Las reformas al Código Penal son para incrementar los castigos a quienes manipulen, alteren u obstaculicen el ejercicio del sufragio, los procesos de elección popular y el sistema de recolección de los votos en sus diferentes modalidades.

Concretamente, los parlamentarios reformaron el artículo 295 del Código Penal para castigar con prisión de 10 a 15 años a quienes obstaculicen la elaboración del registro electoral, el libre ejercicio del voto o el escrutinio. También incluyeron en el delito de fraude electoral a las personas que dificulten la inscripción de candidaturas que cumplan requisitos establecidos en las leyes.

También, cualquier persona que accediere o colaborare para que un tercero acceda al servidor informático, sistema, programa o aplicación, utilizada para el ejercicio del sufragio, facilitando el ingreso, destrucción, modificación, manipulación, obstaculización, bloqueo o interferencia en la ejecución del mismo, con la finalidad de alterar, suplantar o sustraer, parcial o totalmente la información contenida en los sistemas electrónicos destinados para el funcionamiento o el procesamiento de resultados de un proceso electoral de forma electoral o permanente, será sancionado con prisión de quince a veinte años.

La reforma establece que, si el delito fuese cometido por un funcionario, mediante amenazas o engaños, se aumentaría en una tercera parte de la pena máxima. Si una persona es incitada a cometer estos delitos y no informa a las autoridades incurrirá en el delito de comisión por omisión.

El diputado por Nuevas Ideas, Raúl Chamagua, sostuvo que “la voluntad popular merece respeto. Nuestra labor es brindar las herramientas para castigar delitos electorales, con el fin de que todo aquel que quiera alterar los procesos tenga una pena”

Esta reforma fue aprobada con 64 votos del oficialismo y aliados, tuvo 14 votos en contra de la oposición.

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