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¿Persecución política?

@arpassv

Personeros de la derecha partidaria, viagra empresarial y mediática califican como “persecución política” el desafuero de la diputada Ana Vilma de Escobar. Como una represalia política consideran también la eventual retirada de la inmunidad parlamentaria a Roberto D Aubuisson, no rx acusado –igual que Ana Vilma de Escobar– de difamar y calumniar al ex presidente Mauricio Funes.

Sin embargo, estos señores no dicen lo mismo de las sentencias de la Sala Constitucional contra el presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Eugenio Chicas y el ex presidente de la República Mauricio Funes. Ambas resoluciones tienen motivaciones más políticas que jurídicas, tal como señalan el presidente de la Asamblea Legislativa Sigfrido Reyes, la secretaria de Inclusión Social Vanda Pignato y dirigentes de varios partidos políticos, sobre todo del gobernante FMLN.

La Sala declaró hace algunas semanas inconstitucional el nombramiento del presidente del TSE y ayer resolvió ilegal la juramentación del ex presidente Mauricio Funes como diputado del Parlamento Centroamericano (PARLACEN), pasando por encima del Código Electoral y del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano, respectivamente.

La legislación  electoral establece que el TSE será presidido por un representante del partido político o coalición que ganó la última elección presidencial y el tratado del PARLACEN manda a los ex presidentes a incorporarse como diputados. Pero la Sala cambia arbitrariamente las reglas vigentes a través de antojadizos fallos de inconstitucionalidad.

Por eso las sentencias de inconstitucionalidad contra el magistrado presidente del TSE y contra el ex presidente Funes parecen acciones políticas de la Sala, más que el desafuero de Ana Vilma de Escobar. A la diputada arenera le fue retirada la inmunidad parlamentaria para que responda por el posible cometimiento de difamación y calumnia contra el ex presidente Mauricio Funes y actos de corrupción cuando fungió como directora del Seguro Social y vicepresidenta de la República; por tanto, no constituye persecución política, sino un precedente necesario para que ningún diputado se escude en el fuero legislativo para evadir la justicia.

En todo caso, quienes se rasgan las vestiduras diciendo que el desafuero de la diputada de ARENA es persecución política deberían decir lo mismo de las sentencias de la Sala Constitucional contra el presidente del TSE y el ex presidente Funes, para que su prédica no sea tan parcial y de doble rasero.

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